Que las tierras que tradicionalmente vienen ocupando las comunidades indígenas no pueden ser embargadas porque tienen reconocida la posesión ancestral. Ese fue el argumento que tuvo en cuenta la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para frenar la subasta de 150 hectáreas de terrenos en la zona de Punta del Agua, en 25 de Mayo.

Los campos se encuentran en el territorio de la Comunidad Sawa Corazón Huarpe, habitado por unas 120 familias dedicadas a la ganadería caprina, el cultivo de chacras y la producción de artesanías, principalmente en cerámica y en cueros.

Este caso se originó cuando el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro 1 ordenó en agosto de 2013 el remate de 2 lotes, de 75 hectáreas cada uno, pertenecientes a la empresa San Juan Cultivos SA. Fue por una deuda que se había originado en el marco de un juicio ejecutivo por el pago de acciones de la sociedad. Pero se comprobó que las tierras coincidían en parte con terrenos relevados y reconocidos por el Estado como de posesión comunitaria por parte de la comunidad Sawa.

Enterados por una notificación del remate, integrantes de la comunidad huarpe recurrieron al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) que, a través de sus abogados, logró frenar el remate en aquel momento. Pero los que le reclamaban la deuda a la empresa apelaron y ahora la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial sacó un nuevo fallo frenando cualquier intento por quitarles parte de sus tierras a los descendientes de los huarpes.