El abogado Santiago Graffigna, el principal acusado por el escándalo de las expropiaciones, seguirá con detención domiciliaria un año más, según dispuso el juez Benedicto Correa, titular del Quinto Juzgado de Instrucción. Según fuentes judiciales, el magistrado tuvo en cuenta para resolver la situación del imputado la complejidad de los delitos investigados y la cantidad de sospechados de haber tenido participación en las maniobras en las que el Estado resultaba perjudicado.
La decisión tiene origen en que el próximo domingo 1 de marzo, Graffigna cumplirá dos años detenido, ahora con el beneficio de estar en su casa. Y la Ley 24.390, referida a los plazos de la prisión preventiva, establece que esa situación no podrá ser superior a los 2 años, sin que se haya dictado sentencia. Como la posibilidad de que haya juicio oral y público por este proceso está lejana, el juez Correa tomó la decisión de prorrogar la situación del detenido.
La norma citada señala que “cuando la cantidad de los delitos atribuidos al procesado o la evidente complejidad de la causa hayan impedido el dictado de la misma (por la sentencia) en el plazo indicado, éste podrá prorrogarse por un año más, por resolución fundada, que deberá comunicarse de inmediato al Tribunal superior que correspondiere, para su debido contralor”.
El antecendente que tuvo en cuenta el magistrado es que, con fecha del 10 de febrero pasado, el titular de la Fiscalía de Instrucción Nro. 3, Carlos Rodríguez, planteó que se debía prorrogar la prisión preventiva del acusado considerando “la gravedad de los delitos atribuidos al procesado” y a que en el caso de resultar condenado en un juicio, la pena no sería de ejecución condicional. En el caso del abogado, le atribuyen ser el jefe u organizador de una asociación ilícita, que tiene una condena de 5 a 10 de prisión. Y como el mínimo es superior a 3 años, sería de cumplimiento efectivo. También tuvo en cuenta “la complejidad de la investigación” de la causa y por las articulaciones de las defensas de los imputados. Entre ellas, planteos de nulidades, apelaciones “y por la gran cantidad de personas que resultaron imputadas en esta causa”.
El fiscal Rodríguez resumió su planteo basado en el argumento de “la complejidad de la investigación, la cantidad de personas imputadas y las diversas articulaciones de las partes…”.
Si bien el pedido del representante del Ministerio Público Fiscal no es vinculante, es decir que el juez lo puede tener en cuenta o no e incluso apartarse del planteo, en este caso lo tuvo en consideración para fundar su decisión.
El protagonista de esta historia es Graffigna, quien está sospechado de ser el jefe de una red delictiva que maniobraba para inflar los valores de terrenos que la Provincia necesitaba expropiar. Y por eso le imputan haber cometido los delitos de autor principal de fraude en perjuicio a la administración pública, estafa, ser el jefe de una asociación ilícita y defraudación por ocultamiento o sustracción de pruebas, todo en perjuicio del Estado provincial.
Graffigna obtuvo el beneficio de la prisión domiciliaria en mayo del año pasado, por decisión de la Sala II de la Cámara Penal. Su defensa había pedido el beneficio esgrimiendo problemas de salud y la resolución que se lo concedió se fundó, principalmente, en una ley que establece que se puede aplicar a los presos enfermos cuya permanencia en la cárcel “le impida recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia”.
El profesional había sido encarcelado en marzo de 2013, en una dependencia policial y después de ser procesado como líder de la supuesta asociación ilícita, quedó alojado en el Penal de Chimbas. Pero sus abogados defensores pidieron su prisión domiciliaria aduciendo que tenía problemas cardíacos y que el Servicio Penitenciario no garantizaba los medios para atenderlo.

