Hay 15 letrados sancionados por faltas éticas en el ejercicio de su profesión por el Tribunal de Disciplina del Foro de Abogados, cuyos casos estaban en revisión en la Corte de Justicia, pero el tribunal se declaró incompetente para intervenir en los recursos de apelación. A través de un proyecto de ley que ayer tomó estado parlamentario, en el Foro proponen que sea la Cámara de Apelaciones en lo Civil la que decida, pero hay dudas porque temen que haya planteos de inconstitucionalidad sobre la marcha y que todo quede en la nada.
Hasta ahora la Corte vino desempeñándose como tribunal de alzada en los recursos de apelación deducidos por los abogados sancionados, pero mediante un fallo plenario de agosto, el cuerpo se declaró incompetente para seguir interviniendo con el argumento de que esa atribución no está contemplada entre las facultades que le otorga la Constitución Provincial.
Frente a ese panorama, según informó Guillermo Videla Moya, quien hasta el 30 de septiembre fue el presidente del Tribunal de Disciplina y que sigue interviniendo en las causas ingresadas durante su mandato, trabajaron en la modificación de la Ley 3.725 del Foro de Abogados, proponiendo introducir una serie de cambios. Entre ellos que sea la Cámara Civil la que funcione como tribunal de alzada en los recursos de apelación por las sanciones dispuestas a los letrados. Para eso le acercaron la propuesta a la Cámara de Diputados y mantuvieron un encuentro, junto al presidente Foro, Humberto Conti Pico, con el vicegobernador Sergio Uñac y el titular de la bancada oficialista, Pablo García Nieto. Esa es la iniciativa que ayer ingresó formalmente y que fue derivada para su estudio en comisión.
El proyecto incluye una norma transitoria que establece que los casos que hubieran llegado a la Corte en apelaciones deducidas por profesionales sancionados también sean resueltos en la instancia civil. En el Tribunal de Disciplina calculan que son 15 los casos que están en esas condiciones.
Pero el temor que ha surgido es que alguno de los afectados pueda deducir un recurso de inconstitucionalidad porque le modificaron las reglas de juego al cambiar como tribunal de alzada la Cámara Civil en lugar de la Corte, como era hasta ahora. Entre las alternativas, según dijo Videla Moya, es insistir con los cambios propuestos e incluso no descartan que el Foro pueda decretar una amnistía para estos casos, con lo cual las sanciones quedarían sin efecto.
La ley de creación del Foro estableció que el Tribunal de Disciplina es el que juzga la conducta de un abogado denunciado, y que si es sancionado podía presentar un recurso ante la Corte para que revisara la decisión. Pero sucedió que muchos casos prescribieron, es decir que pasó el tiempo máximo que la ley fija para que sean analizados y no se resolvieron. En la práctica implica que en esos casos los abogados no tienen que cumplir ninguna sanción, no porque el hecho que les hayan imputado no haya existido, sino porque se vieron beneficiados con la falta de acción de las entidades que deben dictaminar a tiempo.
Entre los motivos para sancionar a un profesional figuran la condena penal, retención indebida de fondos, infracción en lo dispuesto sobre honorarios y la omisión de los deberes profesionales e incompatibilidad. Y el castigo puede ir desde un llamado de atención, multa de hasta 3.000 pesos, censura pública, suspensión de hasta el término de un año en el ejercicio de la profesión o exclusión de la matrícula. Los llamados de atención y las multas se pueden recurrir ante el mismo Tribunal de Disciplina, pero el resto de los castigos sólo pueden ser apelados ante la Corte en un término de 10 días a partir de la notificación.
El diputado García Nieto dijo que el proyecto que surgió por una propuesta del Foro de Abogados será discutido en comisión en el cuerpo y que se atenderán las modificaciones que puedan surgir. Pero declinó emitir una opinión sobre eventuales planteos de inconstitucionalidad o una amnistía para los letrados en la mira.