El juez federal Leopoldo Rago Gallo le ordenó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que se abstenga de aplicar la alícuota del impuesto a la riqueza para los bienes que tiene en el exterior Fernando Pallucchini, de la constructora Mapal, según trascendió del fallo. De esa manera, el magistrado le hizo lugar a la cautelar que había presentado el empresario, a la vez que sostuvo que el 4,5 por ciento que se calculó sobre el patrimonio en el extranjero "provocaría una manifiesta absorción" de la renta, lo que resultaría "confiscatorio" de acuerdo un precedente de la Corte Suprema de Justicia. No obstante, indicó que no sucede lo mismo con el cómputo de las alícuotas para los bienes ubicados en el país, "porque el pago del aporte podría ser afrontado con las rentas generadas por la totalidad del patrimonio".

Sobre ese punto, el portal Infobae hizo mención a la misma resolución y publicó que "la renta generada año 2020 por los bienes situados en el país sujetos al Aporte Solidario es de 49.516.093,11 pesos, en tanto la de los bienes situados en el exterior es negativa", dado que arrojó un saldo en menos de 6.859.836,16 pesos. El impuesto a la riqueza, llamado Aporte Solidario Extraordinario, fue impulsado por el Gobierno nacional por la pandemia del coronavirus para gravar, por única vez, fortunas superiores a 200 millones de pesos. Sin embargo, generó planteos de inconstitucionalidad y medidas cautelares en todo el país. Rago Gallo había ordenado el freno del cobro en un caso anterior.


Caso Rosenzvit

El juez dispuso el freno del cobro del impuesto a la riqueza a Darío Rosenzvit, uno de los dueños de IVISA, la cual tiene el manejo de los casinos en la provincia. Como el empresario posee residencia y sus bienes en el exterior, el magistrado sostuvo que el encuadre de la ley no era claro si comprendía al patrimonio en el extranjero. El fallo fue confirmado por la Cámara de Mendoza.


Caso García Pareja

Con una ley de 2019, la Nación estableció una alícuota superior para los bienes en el extranjero. El bodeguero Carlos García Pareja presentó una cautelar y Rago Gallo le hizo lugar, ya que entendió que se afectaría el principio de igualdad tributaria, dado que si dos contribuyentes tiene el mismo patrimonio, pero si uno de ellos tiene activos fuera del país, enfrenta una mayor carga fiscal.