La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó este jueves la condena patrimonial a la docente, exgremialista y exintendenta de Rivadavia, Ana María López de Herrera, por injurias en 2007 contra Guillermo Horacio De Sanctis, quien entonces se postulaba como ministro de Educación provincial y en la actualidad se desempeña como presidente de la Corte de Justicia provincial.

De esta manera, la actual directora de la Casa de San Juan en Buenos Aires debería pagarle a De Sanctis la suma cercana a los $370 mil (con intereses), según las estimaciones y teniendo en cuenta que el monto de la condena fue de 90 mil pesos.

La decisión fue tomada por mayoría integrada por los ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, en tanto que el presidente el máximo tribunal,  Carlos Rosenkrantz y la vice, Elena Highton, votaron por el rechazo de la demanda por daños y perjuicios.

La causa se inició en septiembre de 2007 cuando López de Herrera, quién se desempeñaba como Secretaria General de la Unión de Docentes Agremiados Provinciales (UDAP) cuestionó la propuesta del entonces gobernador José Luis Gioja, de designar como ministro a quien era jefe del bloque de diputados del Partido Justicialista.

En distintos medios locales la sindicalista sostuvo que De Sanctis no solo no era idóneo para el cargo, sino que se trataba de una persona "golpeadora" y "representante máximo de la violencia familiar y de las drogas".

Al ratificar la condena por daño moral impuesta por la justicia provincial, la mayoría de la Corte tuvo en cuenta los principios que garantizan la libertad de expresión, pero ponderó la importancia de preservar el derecho al honor. La mayoría diferenció las expresiones a distintos medios de comunicación con las que López de Herrera se refirió a la actuación de Sanctis como funcionario público con aquellas que hacían referencia a la vida privada.

El voto que se impuso consideró que las críticas referidas al ejercicio de la función pública "no implicaban un exceso o abuso en el ejercicio de la libertad de expresión", pero sobre las declaraciones sobre la vida privada sostuvo que fueron lesivas para el honor y la honra de De Sanctis.

La mayoría recordó que en varios de esos reportajes, en los que el periodista de turno le advirtió sobre la dureza de sus términos, López de Herrera aseguró que era consciente de lo que decía. La demandada "no podía desconocer la importancia de sus dichos ni el impacto que iban a causar en el público" y "tales términos excedían de una crítica dura o irritante y resultaban innecesarios a los efectos de opinar respecto del modo en que (De Sanctis) desempeñaba la función pública", sostuvieron Maqueda, Lorenzetti y Rosatti.

Rosenkrantz y Highton, en disidencia, dijeron que las expresiones de López de Herrera se insertaban en el marco de un debate público generado en torno a la designación de De Sanctis como ministro de Educación de San Juan y a la reacción del gremio entonces conducido por la demandada.

Agregaron que la expresión "representante máximo de esta violencia" se limitaba a manifestar un juicio de valor crítico respecto de las condiciones de De Sanctis para desempeñar el cargo de ministro de Educación, mientras que la de "golpeador de su familia" se vinculaba a un "escrache" que le habían hecho quienes lo calificaban como tal. 

Fuente: Télam