La Corte de Justicia de la provincia declaró la nulidad de una demanda por daños morales que hizo una extrabajadora contra el EPRE, tras haber sido despedida en 1998. Se trata de un caso que ya transitó un camino judicial, pero por el despido sin causa de la mujer, la abogada Norma Navarro Eguía. DIARIO DE CUYO tuvo acceso a la resolución del máximo órgano judicial, donde se notifica que por errores en el recurso, no daban lugar a la exigencia de la letrada de ser compensada económicamente por lo que sucedió. Dos años antes, lo sucedido hace más de dos décadas llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que determinó que había sido echada injustamente y exigió que fuera reincorporada al órgano provincial que controla la energía eléctrica. 

Este nuevo capítulo en la batalla judicial de Navarro Eguía contra la institución donde trabajaba es una causa paralela a la que llegó al tribunal máximo nacional. Es que primero la letrada inició una demanda laboral, en reclamó que su despido sin causas era injusto y por lo tanto debía ser reincorporada. Tras agotar las instancias locales, llegó a Corte Suprema de Justicia de la Nación y allí definieron que la mujer tenía razón y debía volver a su puesto de trabajo, 24 años después de que fue notificada de su despido. 

Tras conseguir esta resolución, la abogada recibió un revés judicial, ya que la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil tomó nota de que al momento de dejar el EPRE en 1998 recibió una indemnización. Al ser reincorporada por la decisión nacional, el tribunal local le exigió devolver lo que en su momento eran 12.943 pesos y tras la actualización debió pagar de su bolsillo 33.000 pesos. 

Tras esto, Norma Navarro Eguía inició una demanda por daños morales contra el organismo Estatal, por lo sucedido cuando fue despedida. En 2021 el 9 Juzgado Civil decidió hacer lugar al daño moral que reclamaba la denunciante. Luego, en segunda instancia, la Sala III de la Cámara resolvió rechazar lo que exigía Navarro Eguía y determinó la devolución de la indemnización. Ante este fallo negativo, la letrada presentó un Recurso Extraordinario Provincial para elevar nuevamente el caso al siguiente órgano judicial. En esta última instancia la decisión quedó en manos de la Corte local, que tomó la decisión de declarar nula debido a que considera que “no acreditó el daño moral en a etapa procesal oportuna, no ofreció ni produjo prueba necesaria”. 

Esta resolución del tribunal indica que se trata de un problema en cómo en el procedimiento, pero no se refirió a la cuestión de fondo, si hubo o no un daño moral por parte del EPRE. Tampoco quita validez al proceso legal laboral, ya que no se refiere a las condiciones en las que fue despedida Navarro Eguía, sobre las que falló el tribunal máximo. Tras esta resolución, la demandante podría requerir nuevamente llevar su demanda a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. 

 

Otro caso por despidos en el EPRE

En paralelo al caso de Norma Navarro de Eguía, existe una demanda contra el EPRE de un hecho con similitudes. Se trata de dos abogados que denunciaron en 2008 a la institución asegurando que quien en ese momento estaba a cargo de la presidencia, Jorge Rivera Prudencio, los despidió de forma injusta. Los trabajadores transitaron varias instancias judiciales y a nivel local la última resolución fue negativa, ya que la Corte local no dio lugar a la reincorporación y pago de los sueldos durante el tiempo que estuvieron fuera. En agosto de 2023 consiguieron que la Procuración General de la Nación elevara la causa a la Corte Suprema de Justicia. De esta manera, será otra vez el órgano máximo nacional el que decidirá si hubo o no un trato injusto del EPRE con sus trabajadores.