La marcha peronista grabada por Hugo del Carril, uno de los artistas íconos del justicialismo; la expresión "62 Organizaciones", los dedos en "V" y otros emblemáticos principios y lemas, como "soberanía política, independencia económica y justicia social", que quedaron en la historia local en boca de Juan Domingo Perón, no son exclusividad del Partido Justicialista, dispuso la Justicia.

La Cámara Nacional Electoral confirmó que el PJ -que preside Néstor Kirchner- "no puede registrar, para su uso exclusivo, el símbolo de la victoria (los dedos en V); la versión grabada por Hugo del Carril de la marcha peronista ("Los Muchachos Peronistas") ni algunas de las expresiones que pretendía para sí, como "soberanía política, independencia económica y justicia social" y "62 organizaciones peronistas", se informó ayer en Tribunales.

Además, la sentencia -firmada por los jueces Alberto Dalla Vía, Rodolfo Munné y Santiago Corcuera- recuerda que en cuanto al símbolo la Cámara "ya había resuelto que no puede ser atributo exclusivo de ningún partido, puesto que su uso trasciende las manifestaciones políticas e incluso las fronteras de nuestro país".

Sobre la marcha peronista, "si bien se reconoció exclusividad con respecto a su letra y música, se negó el registro de la versión grabada por Hugo del Carril, en razón del derecho que corresponde a sus hijos, uno de los cuales había formulado oposición al uso por el partido", indicó el Centro de Información Judicial. Acerca de las "62 Organizaciones (Gremiales) peronistas" se resaltó que "más allá de su histórica vinculación con el Partido Justicialista, se trata de una asociación civil registrada en la IGJ, por lo que su denominación no puede ser registrada por el partido".

"Las demás expresiones pretendidas (como Comunidad Organizada) fueron rechazadas porque aluden a postulados políticos e ideológicos amplios, respecto de los cuales ningún partido podría pretender para s su patrimonio monopólico ni, por consiguiente, su uso exclusivo", añadió la resolución. De esta manera, la Cámara Electoral confirmó la decisión de la jueza María Servini de Cubría que haba rechazado la utilización exclusiva de esos términos y frases en primera instancia.

Sin embargo, el apoderado del Partido Justicialista, Jorge Landau, apeló el fallo al insistir en la potestad de esos términos a nivel popular y la necesidad de reglamentarlo jurídicamente. En ese sentido, Landau había sostenido que "hay expresiones o conjuntos de palabras que están indisolublemente asociadas a un partido político y que, también, forman parte de su patrimonio exclusivo".