Bajo la lupa. No es la primera vez que la acción del titular del EPRE, Jorge Rivera Prudencio, contra un empleado termina en la justicia con un fallo adverso.

Paciencia y perseverancia. Eso es lo que le destacan los allegados a Norma Ceferina Navarro de Eguía, una abogada local que en 1998 fue echada sin motivos del EPRE (Ente Provincial Regulador de la Electricidad), que conduce Jorge Rivera Prudencio. Tras el juicio que inició la mujer por el despido injustificado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación le dio la razón y dejó sin efecto un fallo del máximo tribunal de San Juan que había sido adverso contra la profesional. En la práctica implica que, pese a que fue indemnizada, la letrada debe ser reincorporada a su puesto de trabajo y que, en principio, se le abonen todos los sueldos que no percibió durante su cesantía. Una cifra millonaria, teniendo en cuenta la remuneración que percibía y los años que han transcurrido, indicaron fuentes judiciales. El caso es el segundo revés judicial contra la conducción de Rivera Prudencio por echar arbitrariamente a un empleado y que le puede costar millones al Estado.

En ese marco, el fallo de Navarro de Eguía sienta un precedente en otras dos causas ligadas al ente regulador por despidos injustificados que no están firmes: en una de ellas, el damnificado recibió una resolución favorable de la Justicia laboral para que sea reincorporado y compensado en unos 6 millones de pesos. Y en la otra, el trabajador tuvo una sentencia en contra en otro juzgado (ver recuadro). En cuanto al caso de la mujer, esta denunció que nunca la notificaron de la cesantía y que no le hicieron un sumario. El directorio comandado por Rivera Prudencio incurrió en dicha mecánica, al menos en el último punto, en las dos causas mencionadas.

El fallo del máximo tribunal nacional fue emitido en diciembre, pero recién se dio a conocer ayer. El mismo tiene el voto favorable del presidente Ricardo Lorenzetti y los ministros Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti, mientras que Carlos Rosenkrantz fue en sentido contrario.

La resolución es escueta: declara sin efecto la sentencia de la Corte local y que la causa vuelva al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento. Los supremos hicieron suyos los fundamentos que dio la procuradora general ante la Corte Suprema, Laura Monti.

Según la funcionaria, el fallo que en 2014 dictó la Sala II de la Corte sanjuanina, constituida por Adolfo Caballero, Juan Carlos Caballero Vidal y Ángel Humberto Medina Palá, es incorrecto, arbitrario y contiene graves defectos. Si bien el máximo tribunal local consideró que Navarro de Eguía tenía estabilidad por ser como una empleada pública (a diferencia de lo que entendieron en primera y segunda instancia), señaló que el hecho de que la abogada haya cobrado la indemnización implicaba que aceptó el despido y que no puede iniciar un litigio al invocar su derecho de ser reincorporada.

En cambio, la Corte Suprema, en base a lo destacado por la procuradora, calificó de arbitraria la resolución porque el hecho de que la abogada sea considerada como una agente estatal sí la habilitaba a pedir que sea incorporada a su puesto laboral por haber sido echada sin causa, a pesar de haber optado por percibir la indemnización. Inclusive, según consta en el expediente, la mujer aclaró que aceptó el pago bajo reserva, justificado que lo recibió porque sin su trabajo "se vio privada de su sustento diario y retiró la suma de dinero por razones de necesidad".

De esa manera, el tribunal de origen, la justicia local, deberá dictar un nuevo fallo, en el que deberá ordenar la reincorporación de Navarro de Eguía tras casi 20 años.

DIARIO DE CUYO habló con la abogada, quien prefirió no opinar sobre el fallo.

Detalles

Instancias

La causa se inició en el Noveno Juzgado Civil, ya que no había Contencioso Administrativo. En apelación intervino la Sala III.

Opiniones

En ambas instancias entendieron que la empleada tenía una estabilidad impropia, símil a los privados. Pero revirtieron esos fallos.

Las otras dos causas


Al igual que Navarro de Eguía, Martín González y Pablo Moya interpusieron demandas en la justicia laboral por despidos injustificados en el EPRE que conduce Rivera Prudencio.

Con respecto al primero, el titular del Cuarto Juzgado del Trabajo, Federico Soria, falló a favor del exempleado por entender que el despido fue ilegítimo y sin motivos, por lo que ordenó dos medidas: que el agente sea reincorporado y que el organismo le pague los sueldos que dejó de percibir todos estos años, lo que significarían unos 6 millones de pesos. La resolución no quedó firme, porque la institución estatal apeló para tratar de revertirla

En cuanto a Moya, el juez del Segundo del Trabajo, Miguel Licciardi, falló en contra del extrabajador. La sentencia también fue apelada. Ambas causas están en la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral, a la espera de resolución.