La Cámara de Diputados tiene en discusión dos proyectos de ley que introducen reformas al actual régimen penal juvenil, que podrían empezar a ser debatidos recién a partir de marzo cuando se iniciará el período de sesiones ordinarias. Uno de ellos tiene dictamen de mayoría, contempla la reducción de la edad de juzgamiento de menores a 14 años, en tanto que el otro prevé modificaciones de la norma actual sin cambiar el piso de imputación, que queda en 16 años.

El 25 de noviembre de 2009, el Senado dio sanción a la iniciativa que establecía la imputabilidad a los jóvenes de 14 a 18 años, y establecía responsabilidad penal en jóvenes de 14 o 15 años que cometieren un delito con pena mínima de tres años de prisión y a los de 16 o 17 que participaren en delitos con un piso de dos años de condena.

El proyecto fue aprobado en general el 8 de julio de 2009 por la cámara alta, en la primera sesión posterior a las elecciones parlamentarias que amplió la representación de los opositores en el Congreso, y como consecuencia de una intensa campaña electoral que tuvo centrada en los problemas de inseguridad y la presencia de menores en hecho delictivos. El tratamiento final se debatió el 25 de noviembre y tuvo el apoyo explícito del oficialismo que aportó legisladores para conformar el grupo de 41 legisladores que aprobaron la iniciativa, en una coyuntura en que el kirchnerismo apuraba el tratamiento de todas los temas ante el inminente recambio parlamentario, que los dejaba sin mayoría en ambas cámaras.

El texto preveía el derecho de defensa de los menores, del que actualmente carecen, y señalaba que ninguna persona menor de 18 años podría ser juzgado por el sistema penal general para adultos, ni cargarle con consecuencias similares a las previstas para mayores de edad. Establecía que quedaban exentas de responsabilidad penal los que no alcancen los 14 años al momento de cometer el delito y tampoco recibirán sanciones quienes tuvieran 14 o 15 años y hubieran cometido delitos sancionados con multa, inhabilitación o con pena mínima privativa de libertad inferior a tres años, mientras que los que tengan 16 o 17 años podrán ser penados con multa, inhabilitación o con pena mínima privativa de libertad menor a dos años. Contemplaba además que los adolescentes serían privados de libertad sólo como una medida de excepción y un último recurso legal, que "se privilegiará la permanencia de la persona menor de dieciocho años dentro de su grupo familiar", y fijaba que los menores debían ser alojados en centros especializados que debían contar con un grupo interdisciplinario de profesionales.

El proyecto que se había aprobado por casi la unanimidad (de 41 contra 1) en el Senado, tropezó con dificultades crecientes en Diputados y la resistencia ejercida desde los bloques del oficialista Frente para la Victoria y los opositores de la Coalición Cívica y del Partido Socialista -que habían dado respaldo en el cámara alta- y del GEN y Proyecto Sur. El 9 de noviembre del año pasado, una mayoría de los diputados de estos partidos acordaron introducir cambios en la norma y consiguieron un número suficiente en el plenario de las comisiones de Legislación Penal, de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, y de Presupuesto y Hacienda. El peronismo disidente y la UCR impulsaron la ratificaron de la norma del Senado, pero quedaron en minoría frente al nuevo proyecto promovido por Diana Conti (Frente para la Victoria), Horacio Alcuaz (GEN) y Fernanda Gil Lozano (Coalición Cívica).

El pronunciamiento, que no arribó al recinto del plenario de Diputados antes de terminar las sesiones ordinarias, exime de responsabilidad penal a las personas que no lleguen a los 16 años al momento de cometer un delito y fija garantías para que los menores tengan penas inferiores a las previstas para los adultos. Dispone además procedimientos especiales en la aplicación de penas y establece que podrá dictarse reclusión de los menores sólo como última alternativa, y establece que los detenidos deberán ser ingresados en centros especializados.