San Juan, 23 de noviembre.- Según un informe elaborado por la Cámara Nacional Electoral, en todo el país hay inscriptos 716 partidos políticos, entre nacionales y de distrito.

Desde 2001, cuando estalló la mayor crisis económica y social de las últimas décadas, la participación de los ciudadanos en actividades partidarias cayó en picada, a tal punto que en las últimas elecciones presidenciales sólo el 72% de los ciudadanos se acercaron a las urnas a elegir un candidato. Fue el índice más bajo desde 1928.

En este contexto de indiferencia generalizada resulta también contrastante la alta cantidad de afiliados; según el informe de la Cámara Electoral, más de 8 millones de ciudadanos están inscriptos en un partido, un 30% del total del padrón electoral.

El ranking de agrupaciones nacionales con más afiliados es encabezado por el Partido Justicialista, con 3,6 millones, y la Unión Cívica Radical, con 2,5 millones, pese a vivir una profunda crisis.

Según investigó DIARIO DE CUYO ONLINE, hasta el momento solo cinco partidos políticos están en condiciones de competir en las próximas elecciones presidenciales de 2011. Se trata de la UCR, el PJ, la Coalición Cívica-ARI, el PRO y el Frente Grande.

Al momento, son las únicas fuerzas nacionales que reúnen los requisitos que exige la reforma de la ley orgánica de partidos políticos sancionada a fines del año pasado, y que ya está en vigencia.´

Como requisitos, la Ley de reforma política incluye internas abiertas, simultáneas y obligatorias. Además, quedó establecido que se prohibirán las candidaturas "testimoniales".

Asimismo se establece el sistema “D’hont”, una formula utilizada para el reparto de cargos partidarios en las fuerzas políticas que posean más de una lista de candidatos a cargos legislativos y se determina que no se podrán emplear las llamadas listas "colectoras" y "espejos".

En tanto, el "piso" que deben tener los partidos políticos para mantener su personería jurídica será de 4 afiliados por cada 1000 empadronados en el distrito en el que se presenten.

Además, incluye que el "piso" en las elecciones generales se achicó de 3% al 1,5 de los votos positivos válidamente emitidos, para sostenerse como fuerza política.

Se aceptó también la reducción de avales para las candidaturas a gobernador y vice a 2 por 1000 de adhesiones (antes era 4 el número que establecía la Ley) del padrón general. En tanto, para candidaturas a senador y diputado provincial, 4 por 1000, al igual que para las candidaturas locales.

En cuanto a las elecciones internas, serán convocados por el gobernador dentro de un plazo de 90 a 180 días antes de los comicios.

Por otra parte, se establece que quien se presente como precandidato en las elecciones internas sólo podrá hacerlo por un partido político, agrupación municipal, federación o alianza transitoria electoral y para un solo cargo efectivo y en una sola categoría.

También quedó establecido que la publicidad oficial se prohibirá en todo acto de gobierno 15 días antes de los comicios y la publicación de encuestas, que no deberán difundirse hasta antes de 8 días de los actos eleccionarios.

Finalmente, y con respecto a las vacancias, establece que si se produjera la renuncia, fallecimiento o incapacidad sobreviviente del candidato a gobernador será reemplazado por el vicegobernador, debiendo el partido, confederación o alianza cubrir la misma con un senador o diputado provincial titular en un primer término de cualquier lista seccional.