San Juan, 14 de mayo.- Aunque todavía la oposición sanjuanina no dijo qué va a hacer en el caso de que el gobernador Gioja vaya por un nuevo mandato, se sabe que es parte del abanico de posibilidades que encaren el camino del pedido de impugnación, con la idea de buscar ponerle un coto a esa intención de ir por su cuarto periodo. De ser así, todo apunta a que este planteo llegue hasta la Corte de Justicia de la Nación.

Ahora bien, ¿qué puede resolver la Corte de Justicia de la Nación? Por supuesto que no se sabe, pero hay al menos un antecedente donde debió analizar un hecho similar y se declaró incompetente, trasladando esa responsabilidad a la Corte local.

En rigor, el caso testigo ocurrió en Salta cuando el Partido Frente Grande de la Provincia de Salta buscaba frenar el intento del Gobernador de ir por un tercer mandato al frente del Ejecutivo.

"La causa es ajena a la competencia originaria de la Corte Suprema y que sea la justicia de la Provincia de Salta la que conozca en la cuestión relativa a la interpretación del art. 140 de la Constitución local sobre la cual se pretende la declaración de la inhabilitación del actual gobernador para postularse a ese cargo por un nuevo período, ya que el respeto al sistema federal y a las autonomías provinciales exige que sean los magistrados locales los que intervengan en las causas en que se ventilen asuntos de esa naturaleza, sin perjuicio de que las cuestiones de índole federal que también puedan comprender esos pleitos sean susceptibles de adecuada tutela por la vía del recurso extraordinario regulado por el art. 14 de la ley 48".

En estos térmicos se expresó la Corte de la Nación, en un fallo que estuvo firmado por Carlos Fayt, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda. Así las cosas, todo recayó en la Justicia salteña

Esto es, ni más ni menos, un elemento que sienta jurisprudencia. En el medio, los tiempos acotados que pone contra las cuerdas cualquier planteo de la oposición.