El Gobierno nacional amplió el descuento en las tarifas del gas que existe actualmente para las entidades de bien público, incluyendo entre la mismas a las instituciones religiosas. Lo hizo a través de la resolución 146/2019 de la Secretaría de Energía, publicada ayer en el Boletín Oficial.
La ley 27.218 instituyó un Régimen Tarifario Específico de Servicios Públicos para Entidades de Bien Público, y reguló las condiciones exigidas para la aplicación de dicha categoría tarifaria y sus beneficiarios.
El artículo 8 de esa norma establece como tope máximo en la facturación de los sujetos del citado régimen, la tarifa máxima prevista para los usuarios residenciales para cada servicio.
Precisa que la base de la facturación deberá ser equivalente o menor a la tarifa mínima que abonan usuarios residenciales, según los cargos propios de cada servicio.
Se estableció que, para acceder al régimen, las entidades deberán encontrarse registradas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (Cenoc) y cumplir con los requisitos de inclusión definidos en esa ley. La Secretaría de Culto solicitó al Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales la inclusión de las entidades religiosas al régimen. Según la resolución difundida ayer, dichas organizaciones no sólo tienen un objetivo religioso sino que también tienen por finalidad el bien común y no tienen fines de lucro. Corresponde contemplar un mecanismo que simplifique la aplicación del beneficio previsto para las entidades religiosas incluyendo comedores, hogares, templos, parroquias, capillas y centros de Cáritas Argentina. Actualmente, hay 7.000 organizaciones que solicitaron el beneficio y que ahora comenzarán a recibir un subsidio del 30%, pero existe un potencial de 28.000 beneficiarios. Para acceder a este beneficio, deben inscribirse en el Cenoc, en el ámbito del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales. La inscripción puede realizarse en el sitio argentina.gob.ar/desarrollosocial/cenoc/inscripcion y por correo electrónico: tarifadiferencialcultos@mrecic.gov.ar. Télam
