A tan sólo 20 días de las primarias abiertas simultáneas y obligatorias, mucha gente todavía tiene dudas sobre lo que se vota y sobre el mecanismo y las características de la elección, según revelaron desde el Frente para la Victoria y Compromiso Federal, las 2 fuerzas más importantes que recogieron los interrogantes durante el contacto con los electores en sus caminatas y actos de campaña. Desde su creación, es la segunda vez que el sistema se pone en práctica, ya que la primera fue en 2011.

Además, en estos comicios se han incorporado los adolescentes de 16 y 17 años, cuyo voto es optativo, y desde el Ministerio de Educación de la Nación se han elaborado instructivos para que conozcan las características de las elecciones. A continuación se ofrece un detalle de las preguntas más comunes.

– ¿Qué se vota?
En las elecciones del 11 de agosto se eligen los candidatos a diputado nacional que representarán a los partidos y frentes electorales que competirán en las generales de octubre. Es decir, todos los ciudadanos en condiciones de sufragar participarán de las internas de las fuerzas políticas. En el cuarto oscuro, los votantes sólo podrán colocar en el sobre a los postulantes de una sola alianza o partido. Por ejemplo, si se inclina por el Frente Compromiso Federal, en el que pelean 5 listas, el elector deberá elegir una de ellas y no podrá colocar una boleta de la Unión Cívica Radical. Si pone 2 o más listas de distintas fuerzas será considerado nulo.

– ¿Quiénes están obligados a concurrir a las urnas?
Todos los argentinos nativos, naturalizados o por opción que sean mayores de 18 y tengan menos de 70 años. En el caso de los adolescentes de 16 y 17 años y los que superen los 70, el sufragio es optativo.

– Al tratarse de internas, si no estoy afiliado a ningún partido, ¿tengo que ir a votar?
Sí, porque son de carácter obligatorio para todos los ciudadanos en condiciones de votar, estén o no afiliados a algún partido político.

– ¿Qué pasa si no voy a votar?
Aquellas personas que están obligadas a sufragar y no lo hagan serán sancionadas por la Justicia Electoral con una multa que va de los 50 a los 500 pesos. El infractor que no pague la multa no podrá hacer trámites durante 1 año ante los organismos nacionales, provinciales y municipales. Además, no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante 3 años a partir de la elección. Es causa suficiente para la aplicación de la sanción la simple constatación de la omisión del voto.

– ¿Con qué documentos se puede sufragar?
Los documentos válidos son la libreta cívica, la de enrolamiento, el DNI de tapa verde, el de tapa celeste y el de formato de tarjeta, en sus 2 versiones. A pesar de que una de ellas tiene la indicación “no válido para votar”, podrá ser usada en las próximas elecciones. Para poder sufragar hay que asistir con el documento que figura en el padrón o con una versión posterior. Por ejemplo, está permitido que el elector concurra con un DNI de tapa celeste aunque en el padrón salga con una libreta de enrolamiento. En cambio, no podrá votar si se presenta con una versión anterior, es decir, si va con una libreta cívica y en los registros figura con un DNI con formato de tarjeta.

– ¿Los afiliados a un partido político pueden votar por otro?
Sí, porque se trata de internas abiertas, aunque sólo pueden votar por los candidatos de una sola fuerza política.