Después de casi un mes de espera y de múltiples presentaciones, la Defensoría del Pueblo de San Juan, encabezada por Florencia Peñaloza, consiguió una medida cautelar favorable que beneficia a 22 sanjuaninos con discapacidad que habían perdido su pensión por invalidez.

La resolución judicial ordena detener las nuevas suspensiones de pensiones y rehabilitar los beneficios que ya habían sido dados de baja, garantizando la protección inmediata mientras continúa el trámite del amparo colectivo.

“Ha sido un camino complejo, con múltiples instancias y enormes desafíos, pero logramos que se reconozca la legitimidad del reclamo y se priorice la dignidad de quienes más necesitan del acompañamiento del Estado”, afirmó Peñaloza tras conocerse el fallo.

El reclamo se originó a partir de la baja de pensiones no contributivas por invalidez aplicada por la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) en el marco de una auditoría general impulsada por el Gobierno nacional.

La medida, que apuntaba a detectar supuestas irregularidades, derivó en miles de suspensiones en todo el país y en una ola de reclamos judiciales por parte de beneficiarios que alegaron falta de notificación o errores administrativos.

En San Juan, 22 personas fueron las primeras en ser representadas por la Defensoría del Pueblo en un amparo colectivo que pedía la nulidad de las resoluciones de ANDIS, la inconstitucionalidad del decreto nacional que modificó los requisitos para acceder al beneficio, y la restitución inmediata de los haberes suspendidos.

Entre los casos expuestos figuraban los de Luis Rubén Flores y Juan Marina Yañez, ambos con discapacidad acreditada, quienes denunciaron haber sido dados de baja pese a haber cumplido con las evaluaciones médicas y los trámites exigidos.

El expediente inicialmente tramitó en el Juzgado Federal de San Juan, a cargo del juez Leopoldo Rago Gallo, quien resolvió remitir la causa a la Justicia Federal de Catamarca.

Rago Gallo argumentó que, según el Registro Público de Procesos Colectivos, en esa provincia ya existía un expediente similar iniciado con anterioridad, por lo que debía evitarse el riesgo de dictar sentencias contradictorias sobre una misma problemática.

De esta manera, el juez sostuvo que correspondía el “desplazamiento de la radicación del proceso” hacia el Juzgado Federal N°2 de Catamarca, donde ya se tramitaba un amparo de alcance nacional sobre las pensiones no contributivas.

La decisión generó *malestar en la Defensoría sanjuanina*, que había solicitado que se resolviera la cautelar antes de enviar el expediente, pero Rago Gallo la rechazó invocando jurisprudencia de la Corte Suprema que ordena el envío “sin dilación” en los casos de conexidad.

Finalmente, la Justicia Federal resolvió hacer lugar a la medida cautelar promovida por la Defensoría del Pueblo de San Juan, ordenando suspender las bajas de las pensiones por invalidez y rehabilitar los beneficios suspendidos en toda la provincia y el país.

La medida no sólo beneficia a los 22 firmantes originales del amparo, sino que abarca a todas las personas con discapacidad residentes en San Juan que se hayan visto afectadas por las auditorías de ANDIS.

Contexto nacional

El conflicto por las pensiones no contributivas escaló en todo el país desde julio, cuando ANDIS inició una revisión masiva de los beneficios. En muchos casos, las suspensiones se aplicaron sin previa notificación o con demoras administrativas que impidieron completar el proceso de revalidación.

En provincias como Formosa, Catamarca, La Rioja y Tucumán, la Justicia ya había dictado medidas cautelares ordenando la restitución de los haberes. En Formosa, por ejemplo, el fallo judicial obligó a reponer 15.838 pensiones en un plazo de tres meses.