El 2018 cerrará con estadísticas locales alarmantes que indican la falta de conciencia a la hora de respetar las normas de tránsito y de manejar en forma segura. Según los datos que maneja el Registro Provincial de Antecedentes de Conductores (Repac), en promedio 46 personas por día quedan inhabilitadas para conducir a raíz de las infracciones de tránsito cometidas. Son los infractores que, además de recibir una sanción económica, también son castigados con el sistema de puntos negativos. De enero a octubre de este año la estadística estalló y se llegó a 14.000 conductores que recibieron esta sanción por superar el máximo de 50 puntos estipulados, alcanzando una cifra récord al menos en los últimos cuatro años.

'Desde el 2015 hasta octubre del 2018 la cantidad de licencias retenidas y de inhabilitaciones para conducir creció más de once veces. Y es un dato alarmante", dijo Jorge Martín, director de Tránsito, Planeamiento y Movilidad, dependiente de la Subsecretaría de Tránsito de la provincia.

El funcionario agregó que en el 2015 el Repac dictaminó 1.266 inhabilitaciones para conducir. Mientras que en el 2016 fueron 4.622; en el 2017, 4.445; y de enero a octubre del 2018 alcanzaron las 14.000. "Este crecimiento no sólo se debe a que crece la cantidad de infractores y la acumulación de faltas y puntos negativos, sino también a que se puso en marcha un sistema informático que permitió agilizar el proceso desde que el Juzgado de Faltas sanciona económicamente al infractor hasta que el Repac determina la sanción con puntos negativos. Antes, este proceso se hacía vía expediente mientras que ahora es casi inmediato", sostuvo Martín.

El funcionario explicó que la sanción con el sistema de puntos negativos que aplica el Repac es complementario a la sanción económica que impone el juez de Faltas a quien cometió la infracción. Pero que tienen ciertas diferencias. Explicó que a nivel judicial hay montos variables para aplicar a la misma infracción de acuerdo a su gravedad. Por ejemplo, para una alcoholemia positiva la sanción incluye hasta 100 UF (unidades fiscales) y el juez determinará la cantidad con la que sancionará al infractor. Pero, en el sistema de puntos negativos, cada infracción tiene determinado un solo puntaje. Agregó que pasar un semáforo en rojo equivale a 40 puntos negativos y que la cantidad no varía. "Cada falta incluye un puntaje fijo y no siempre da lugar a una inhabilitación para conducir. Esto sucede cuando el conductor, por las infracciones cometidas, supera los 50 puntos. Esto puede suceder por la acumulación de faltas que incluyen pocos puntos o por cometer una sola que equivale a 50 puntos. La inhabilitación va desde los 10 días hasta dos años", sostuvo.

En cuanto a las infracciones más comunes que comete el conductor y que terminan con la suma de puntos negativos y con su inhabilitación para conducir, Martín dijo que la falta de documentación (licencia de conducir vencida, falta de tarjeta verde o azul y de seguro de responsabilidad civil) lidera el ranking, con un 20% de incidencia. Luego sigue el no uso de casco y de cinturón de seguridad (tanto de parte del conductor como del acompañante), con un 15%, y el de alcoholemia positiva, con un 12%.

El puntaje

Hay infracciones de tránsito que equivalen a 50 puntos negativos como son conducir bajo efectos de alcohol o estupefacientes, fugarse tras participar en un siniestro vial, y transportar sustancia peligrosas sin habilitación, entre otras. Con 40 puntos figuran circular sin luces reglamentarias, pasar un semáforo en rojo, estacionar en lugares prohibidos, circular en contramano, y no contar con la Revisión Técnica Obligatoria. En tanto que no usar el cinturón de seguridad o el casco, no contar con el seguro obligatorio, superar el límite de velocidad, entre otras, equivalen 30 puntos negativos.

Cómo es el proceso de la inhabilitación

1. El conductor comente una falta y es detectada por la Policía que procede a labrar un acta de infracción que luego remite al Juzgado de Faltas correspondiente.


2. El juez analiza la situación y resuelve: liberar de la sanción al conductor (por considerar que no están dadas las causas necesarias) o imponerle una sanción económica.



3. Tras aplicar la sanción económica, el juez remite el caso al Repac donde se impone al infractor la cantidad de puntos negativos correspondiente a la falta cometida.


4. Si la puntuación llega o excede los 50 puntos, inmediatamente el sistema establece la cantidad de días de inhabilitación para conducir que deberá cumplir el infractor.


5. El Repac emite la resolución de inhabilitación y notifica al infractor, en el domicilio declarado cuando tramitó la licencia, sobre la sanción que se le aplicará.


6. Luego de ser notificado, el infractor debe presentarse en la oficina del Repac donde le retienen su licencia de conducir y hasta tanto cumpla con la sanción impuesta.


7. Si el conductor extravió la licencia de conducir antes de recibir la notificación de inhabilitación, igual debe presentarse en el Repac con la constancia de denuncia de extravío de la misma.


8. La inhabilitación comienza a regir el mismo día en que el conductor se presenta para entregar su licencia. Se notifica a la Justicia, a la Policía, a la Subsecretaría de Tránsito y a Emicar.


9. La inhabilitación se aplica en días corridos y no en días hábiles. Cumplido el tiempo estipulado, el infractor puede presentarse en el Repac, retirar su licencia y volver a conducir.


10. Cumplida la inhabilitación, el conductor vuelve a tener 0 puntos, aunque queda sentado como antecedente las veces que fue inhabilitado para conducir.