Doscientos años han pasado desde que la Asamblea General Constituyente de 1813, presidida por Juan Larrea, impulsara la actividad minera del por entonces naciente país argentino. El conjunto de normas que reglamentaron la actividad minera fueron en su momento el marco jurídico y la base legal necesarios para organizar y fomentar la industria minera, lo que se tradujo en los cimientos del actual desarrollo minero que experimenta Argentina.

“Uno de los grandes impulsores de la actividad fue Vicente López y Planes (1785-1856), Secretario de Hacienda del Triunvirato. Fue entonces que en 1813 se sanciona lo que se conoce como “el reglamento”, proyectado por el Ministerio de Hacienda sobre el modo de fomentar la minería. Luego el texto fue remitido por el Supremo Poder Ejecutivo, lo que se constituyó como el primer acto legislativo en el ramo de minería que produjo la Asamblea”, comentó Ricardo Alonso, Geólogo, doctor en Ciencias Geológicas y profesor de la Universidad Nacional de Salta e Investigador del CONICET en Geología Económica y Yacimientos minerales.

Según explicó el experto salteño a CUYOMINERO, el período colonial se caracterizó por ser fuertemente minero. El Cerro Rico de Potosí en el Alto Perú (hoy Bolivia), fue la gran “atracción” económica de la región, al punto que las economías se movían de acuerdo a su influencia. Cuando estaba en “boya” todo florecía y cuando la actividad menguaba todo se resentía.

“No hay que olvidarse que por estar en un páramo era necesario que se transportaran hasta allí todos los insumos para la explotación y beneficio de la plata. Con la llegada del periodo independiente, los países recién constituidos necesitaban saber con qué recursos mineros contaban, como explotarlos, como atraer capitales para las inversiones y para eso hacían falta leyes. Los prohombres de Mayo las pensaron y promulgaron, por eso fue tan importante su obra”, dijo Alonso.

Para el profesional salteño, la primera ley de la patria naciente (dictada hace ya 200 años) era más rica en calidad de contenidos que mucha de la legislación minera que vendría con los años. “La simpleza y sabiduría con la que fueron dictadas estas leyes son muy notorias. Unos pocos artículos fueron suficientes para dejar bien en claro el sentido y el objetivo de lo que se buscaba y necesitaba”, comentó Ricardo Alonso.

Y continuó: “Tomemos un pequeño ejemplo: el azogue, término con que se llamaba al mercurio en la minería colonial (lo que el cianuro es hoy para la metalurgia del oro y la plata), estaba totalmente libre de trabas e impuestos. Además se otorgaba la ciudadanía a cualquiera que prospectara minas o las descubriera. Se autorizaba la importación de cualquier maquinaria o insumo libre de todo gravamen. Además se podía sacar toda la ganancia producida sin ningún tipo de restricción. Lo importante para el legislador era que vinieran hombre idóneos y capitales privados para desarrollar la naciente minería”.

La necesidad de diversificar

Independientemente de que en 1813 se sancionaron las primeras leyes que fomentaban la actividad minera, existía un gran desinterés por dicha industria a nivel nacional. La actividad en la Pampa con las vacas y el trigo daban al país una riqueza económica monumental. “Crecían grandes fortunas en el país, ya que Europa estaba exhausta de guerras y Argentina tenía alimentos para venderles”. En este contexto, la Pampa Húmeda era la gran mina de oro de Argentina, mientras que Domingo Faustino Sarmiento alertaba permanentemente sobre la importancia de desarrollar un país con dos ejes económicos, uno de la pampa húmeda y otro enfocado en los minerales de la cordillera. “Más allá de todo esto, y de la incansable lucha de Sarmiento por desarrollar la minería, pasaron muchos años antes que el Dr. Rodríguez hiciera un código minero que fue votado por el Congreso en 1886. Pero recién en la década de 1990 se pudo lograr un marco jurídico moderno para incentivar inversiones y despertar del letargo a yacimientos largamente dormidos”, concluyó Alonso.