Un derecho y un deber exclusivo de los esposos es la decisión de concebir un hijo, tomada de mutuo acuerdo en un clima de respeto y diálogo. Por lo cual, es lógico tener en cuenta el estado de salud -tanto físico como psíquico- de los esposos, las perspectivas de estabilidad o no del matrimonio, la posibilidad de ofrecer a un nuevo hijo un desarrollo aceptable, y qué incidencia -positiva o negativa- tendrá un nuevo hijo sobre los hijos ya existentes, o sobre los esposos.
Dentro del concepto de paternidad responsable se incluye la regulación de la fertilidad -antes llamada regulación de la natalidad-, dentro de la cual hay que distinguir los métodos lícitos de los ilícitos. En este aspecto la encíclica "Humanae Vitae" manifiesta que "si para espaciar los nacimientos existen serios motivos, derivados de las condiciones físicas o psíquicas de los cónyuges o de circunstancias exteriores, la Iglesia enseña que entonces es lícito tener en cuenta los ritmos naturales inmanentes a las funciones generadoras, para usar el matrimonio sólo en los períodos infecundos, y así regular la natalidad sin atentar contra los principios morales que acabamos de recordar" (n.16).
La encíclica hace referencia a la llamada continencia periódica. Esta consiste en abstenerse de mantener relaciones sexuales durante los días en que la mujer es fértil. En realidad es el único método lícito para la regulación de la fertilidad, que está conforme con la naturaleza humana y que respeta el significado unitivo y el significado procreador del acto conyugal.
Por otra parte, se consideran métodos ilícitos moralmente todos aquellos que interfieren en el desarrollo natural del acto conyugal y que están dirigidos a imposibilitar la procreación. Son los llamados métodos anticonceptivos artificiales, entre los que se incluyen la esterilización, el dispositivo intrauterino (DIU) considerado como método abortivo, el preservativo, el diafragma vaginal, las sustancias espermaticidas vaginales, el coitus interruptus (coito interrumpido), el lavaje o ducha vaginal. También están dentro de estos, los anticonceptivos hormonales (la píldora), la cual, según estudios realizados, actúa mediante un mecanismo abortivo, cuando el mecanismo anticonceptivo ha fracasado.
La razón del calificativo "ilícito moralmente", es que todos ellos se proponen hacer imposible la procreación (Humanae Vitae,14).
