La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer el listado de empresas que brindan servicios digitales (estén radicadas en la Argentina o en el exterior) y que deberán pagar, de ahora en más, IVA.

La resolución se oficializó esta semana a través del Boletín Oficial y entrará en vigencia dentro de 30 días. Es decir, el miércoles 13 de junio cambiará el valor total de los servicios. La reforma tributaria que el Congreso votó a fines de 2017 facultó a la AFIP para este cambio.

El IVA impactará en el precio total del servicio y, según el organismo, "para determinar en detalle el importe a pagar, se deberá aplicar el porcentaje del impuesto sobre el precio neto de la prestación del servicio digital que figure en la factura". En ese sentido, explicaron que el monto tiene que estar señalado en un apartado.

En lo que respecta al pago, la medida señala que si el cliente abona el servicio con tarjeta de crédito, la percepción del impuesto debe hacerse en la fecha del cobro del resumen o de la liquidación del plástico del cual se trate, más allá de que se pague la deuda de forma parcial.

Las empresas alcanzadas por la medida de la AFIP van desde plataformas de streaming de audio y video hasta sitios para reservas de habitaciones. A continuación, cada uno de los servicios alcanzados: