Se viene una de las fechas clave del año para millones de trabajadores independientes y cuentapropistas de todo el país. En esta oportunidad, el trámite viene de la mano de una actualización automática en las escalas basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
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Monotributo 2026 : una por una, así quedan las categorías y los nuevos topes de facturación
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha la recategorización obligatoria del Monotributo correspondiente al primer semestre del año.
Este reajuste busca evitar que los monotributistas queden excluidos del régimen o salten de categoría únicamente por el efecto de la inflación en sus precios y facturaciones nominales.
Cómo quedan los nuevos topes de facturación por categoría
A partir de este mes, los límites de ingresos brutos anuales permitidos para permanecer en cada escalón del Monotributo se incrementaron de manera proporcional a la inflación acumulada. De esta forma, el nuevo esquema de categorías se compone de la siguiente;
- Categoría A: Límite anual de $12.009.410 (promedio mensual de $1.000.784).
- Categoría B: Límite anual de $17.595.182 (promedio mensual de $1.466.265).
- Categoría C: Límite anual de $24.670.494 (promedio mensual de $2.055.874).
- Categoría D: Límite anual de $30.628.651 (promedio mensual de $2.552.387).
- Categoría E: Límite anual de $36.028.231 (promedio mensual de $3.002.352).
- Categoría F: Límite anual de $45.151.659 (promedio mensual de $3.762.638).
- Categoría G: Límite anual de $53.995.798 (promedio mensual de $4.499.649).
- Categoría H: Límite anual de $81.924.660 (promedio mensual de $6.827.055).
- Categoría I: Límite anual de $91.699.761 (promedio mensual de $7.641.646).
- Categoría J: Límite anual de $105.012.519 (promedio mensual de $8.751.043).
- Categoría K: Límite anual de $126.610.830 (promedio mensual de $10.550.902).
Importante: Además de los topes de facturación, también se actualizaron los valores de los alquileres devengados permitidos para cada categoría.
Quiénes deben realizar la recategorización de julio
La recategorización es un procedimiento obligatorio que se realiza dos veces al año (en enero y julio). Para saber si tenés que hacer el trámite, debés seguir estos pasos:
- Sumar la facturación: Calculá el total de tus ingresos brutos facturados en los últimos 12 meses (desde el 1 de julio del año anterior hasta el 30 de junio de este año).
- Comparar con la nueva tabla: Cotejá ese monto acumulado con los nuevos límites de las categorías vigentes.
Definir la acción:
Si tus ingresos superaron el límite de tu categoría actual, debés recategorizarte hacia arriba.
Si facturaste menos y entrás en los parámetros de una categoría inferior, podés recategorizarte hacia abajo para pagar menos.
Si tus números se mantienen dentro de los límites de tu categoría actual, no tenés que realizar ningún trámite (el sistema te mantiene de forma automática).
Cuál es la fecha límite y qué pasa si no lo hacés
Los contribuyentes tienen tiempo hasta el 20 de julio para completar el trámite a través de la web oficial de ARCA con Clave Fiscal.
Aquellos monotributistas que debiendo cambiar de categoría no realicen el trámite en tiempo y forma, se exponen a la recategorización de oficio por parte de la ARCA. En ese caso, el organismo fiscal no solo los cambiará de categoría automáticamente usando sus consumos de tarjetas de crédito o movimientos bancarios como referencia, sino que además aplicará multas y cobrará las diferencias de forma retroactiva con intereses.