La noticia fue tapa de los principales portales del país. El Congreso debatirá en breve la legalización del aborto. El proyecto presentado por La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, lleva el aval de legisladores de distintos signos políticos. Sus impulsores pretenden un tratamiento exprés. Definitivamente, cuando la ideología le gana a la razón, la verdad y la prudencia se diluyen. 


Mucho se ha hablado del proyecto en términos políticos, pero poco se ha dicho sobre su contenido. Propongo reflexionar sobre los puntos más controvertidos: 


1- El aborto deja de ser un delito para convertirse en un derecho (art.1º)


2- Hasta la semana 14 de gestación, se presenta como un derecho absoluto de la mujer (esto es, no hace falta invocar causal alguna). 


3- Una niña de 13 años tendría el derecho de acceder al aborto sin necesidad del consentimiento de sus padres (art. 8º)


4- Después de la semana 14, la mujer puede alegar amplias causales para abortar (violación, riesgo para la salud física, psíquica y social de la madre y malformaciones fetales graves. De esta manera se introduce una nueva y planificada forma de eugenesia (art. 3º).


Ahora bien, uno de los puntos más polémicos es la gravosa situación que pesará sobre los médicos. Analizamos brevemente algunas de ellas:


A- Prohibición de judicicializar el caso: el aborto deberá practicarse en todos los casos sin autorización judicial previa (art.7º)


B- Presentado el aborto como derecho para los casos de malformaciones fetales, el médico se verá obligado a indicar estudios genéticos para confirmar o desechar tales anomalías. Caso contrario, sí al nacer el niño presentase alguna patología, el médico quedaría expuesto a juicio de mala praxis por parte de los padres, ante la pérdida del derecho a abortarlo. Adviértase el desatino de este punto que bien analiza Nicolás Laferriere (https://www.lanacion.com.ar/2111730-el-lado-oculto-del-aborto-libre)


C- Los profesionales de la salud estarán obligados a realizar el aborto. Sí por razones de conciencia se negasen, serán pasibles de sanciones administrativas, civiles y penales, según Ley Nº 26529 (art. 21), a la que remite el proyecto analizado (art. 6º). De esta manera, el proyecto desconoce la objeción de conciencia consagrada en leyes nacionales y Tratados internacionales con jerarquía constitucional. 


Corresponde ahora señalar contradicciones incomprensibles en el texto:


1- El aborto es presentado como un avance en materia de derechos de la mujer, pero en su nombre, se elimina el derecho a nacer del niño concebido. Seamos claros en este punto: el derecho a nacer es soporte de los demás derechos, incluso del pretendido derecho a abortar. Mayor contradicción no encontraremos.


2- El derecho a abortar implica negar el derecho de los médicos a actuar con total libertad de conciencia acorde con la ética y la ciencia. Más que nunca cobran vigencia las palabras de los pioneros de la Bioética anglosajona: "El derecho del paciente a la autonomía no debe comprarse al precio del derecho paralelo del médico'' (Beauchamp y Childress).


Releo por décima vez el proyecto y no puedo dejar de pensar en mis alumnos de Medicina, cuando ya recibidos hacen su juramento hipocrático (siglo V a.C): "Juro por Apolo, médico que, nunca daré a una mujer un pesario para causar el aborto''.


¿Cómo protegerlos de estas tentativas de convertir al médico en un administrador de la muerte y no de la vida? 


Definitivamente, cuando la ideología le gana a la razón, lo absurdo pretende convertirse en ley.


Por Miryan Andújar 
 Instituto de Bioética Universidad Católica de Cuyo.