Desde la edición anterior de Suplemento Verde de DIARIO DE CUYO el doctor ingeniero Oscar Dölling, nos posibilita conocer los 100 principales aspectos de la Ley Provincial Nº 4.392 que regula el recurso hídrico para el riego de los cultivos. ¿Sabía Usted qué…?:
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47- Hidráulica puede otorgar la concesión para uso industrial sólo si esta no perjudica a terceros.
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48- Los establecimientos industriales no podrán contaminar las aguas de manera que pudiera resultar daño para la salud de personas o animales, o para la vegetación o el suelo.
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49- Si la industria interrumpe su actividad por tres años consecutivos caduca su concesión.
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50- Usted está obligado a devolver el sobrante de agua al cauce público correspondiente, sin contaminación y sin causar perjuicio a terceros.
EN NÚMEROS
433 hectómetros cúbicos anuales sería el derrame más probable según el Programa de Gestión de Cuencas Hidrográfica de la UNSJ en San Juan.