La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por tres votos a dos, afirmó que es inconstitucional que un municipio disponga el traslado de antenas de telefonía celular. El máximo tribunal del país sostuvo que, al ordenar la relocalización de esas antenas, la Municipalidad de General Güemes, en Salta, se entrometió en cuestiones vinculadas con el funcionamiento y organización de un servicio interjurisdiccional que exceden la competencia comunal.

