Ayer, por unanimidad, la Cámara de Diputados de la provincia aprobó la Ley de Talles. La idea es que las personas con sobrepeso puedan conseguir prendas de talles grandes en cualquier local comercial.
La normativa exige que en estos sitios haya talles desde el 36 al 52. Sin embargo, a pesar de esta disposición, un relevamiento que hizo DIARIO DE CUYO lanzó el dato de que el 78% de los comerciantes no quieren tener estas prendas porque dicen que no las venden. Desde Defensa al Consumidor dijeron que saldrán a controlar que la normativa se cumpla.
Este medio consultó a 22 comercios del microcentro sanjuanino sobre la venta de talles especiales. El 78% dijo que sólo venden pantalones hasta el 46, porque son los que más demanda tienen. Por esto dijeron que será difícil ofrecer talles grandes porque resultaría una pérdida de dinero.
En contraposición, el 22% restante, dijo que sí venden talles grandes (hasta el 56 o 58). A la vez dijeron que son lo que más salida tienen ya que la gente no consigue talles especiales con facilidad. ‘En los locales del centro, la demanda de ropa de talles grandes es importante. En este negocio es lo que más se vende’, dijo Marina Figueroa, una de las vendedoras consultadas. En el 2010, la Comisión de Educación Alimentaria, de Salud Pública, lanzó el dato de que 7 de cada 10 sanjuaninos que tienen entre 19 y 69 años, tienen exceso de peso.
A este panorama se sumó que, desde los locales consultados, coincidieron en afirmar que las confecciones son cada vez más chicas. ‘Hasta hace un año a un maniquí lo vestíamos con un jeans talle 38, pero ahora le tenemos que poner un 42 y eso que los muñecos no engordan’, dijo Romina Olivera, empleada de otro comercio.
La ley:
El proyecto fue presentado por las diputadas Amanda Díaz y por Marcela Monti, e indica que ‘los establecimientos cuya actividad principal sea la venta y/o fabricación de indumentaria de hombre o mujer, deberán tener en existencia al menos ocho talles de las prendas de algún modelo que comercialicen’. La ley será aplicada por Defensa al Consumidor, quién se encargará de las inspecciones.
La normativa indica además que los comercios que no cumplan podrán recibir una sanción, que pueden ser una multa económica que irán desde los 500 a los 5.000 pesos, el decomiso de mercadería o clausura del local. Además, los establecimientos comerciales deberán exhibir copias de la Tabla de Medidas Corporales Normalizadas (según las normas IRAM).
