Ante la obligatoriedad de declarar al INV antes del 10 de enero, con carácter de Declaración Jurada, el destino que le darán a sus uvas los productores que tienen en sus viñedos variedades “no viníferas”, el organismo aclaró que se refiere a uvas provenientes de especies no viníferas, del genero vitis, como son las variedades Concord, Isabella, Niagara, etc.
