El juez del Tribunal de Impugnación, Juan Carlos Caballero Vidal (h), confirmó parcialmente ayer la condena que otro juez había impuesto al hijo de un conocido abogado por haber abusado de su propia hermana el día que, en su casa, concluían los festejos por su cumpleaños, el 4 de enero del año pasado. El 6 de octubre pasado, el juez de Garantías, Matías Parrón, había castigado a 4 años al imputado (tiene 33 años) por intentar violar a esa mujer (hoy de 35 años), pero el magistrado de Impugnación (que había excarcelado al acusado por no estar firme el fallo) revisó la sentencia por un reclamo de los defensores Josela y Fernando Echegaray Moya, y ayer consideró que no se había acreditado con ninguna prueba que esa mañana el acusado quisiera violar a la hermana cuando esta dormía. Sin embargo entendió que el abuso sexual sí existió (hubo líquido seminal en la bombacha de la víctima), aunque lo calificó como simple y, en consecuencia, rebajó también la pena impuesta: aplicándole 3 años de prisión, pero sin encierro y siempre que cumpla una serie de condiciones. A saber: fijar domicilio y someterse al cuidado de liberados y excarcelados, no concurrir a lugares frecuentados por delincuentes, no consumir alcohol ni drogas, no acercarse ni molestar a la víctima, no cometer nuevos delitos y trabajar cuatro horas por semana durante 6 meses en el municipio más cercano a su domicilio. Si no cumple con alguna de esas condiciones, podrá cumplir su condena efectivamente.

