8 de agosto de 2012 - 00:00

Sanciones en caso de incumplimiento

El decreto establece una serie de sanciones para los casos donde el personal no cumpla con la carga horaria nueva, en caso de aceptar. Perderá un 25% el empleado que incurra en una falta mensual. En el caso de reincidencia, es decir dos faltas en el mes, se les descontará un 50% del total del plus y si el agente se ausenta más de dos veces, pierde el 100% del adicional.

Cabe aclarar que este régimen de sanciones no será aplicable en los casos donde el agente se encuentra cumpliendo su licencia anual, vacaciones, licencia por enfermedad o accidente de trabajo, licencia por matrimonio, por fallecimiento de familiar, por nacimiento de hijo y por maternidad.

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