La quinta. La de ayer fue la quinta y más grave sanción impuesta por la Corte contra la jueza de la Niñez María Julia Camus.

La Corte de Justicia declaró ayer la nulidad absoluta de una resolución de la jueza de la Niñez, María Julia Camus, por entender que prejuzgó y no le garantizó a las partes la imparcialidad debida, pues antes de iniciar el juicio, en una etapa que no corresponde, había opinado que el acusado cometió otro delito distinto al que reprochaba Fiscalía y, al final del debate, se mantuvo en la misma postura y aplicó una condena según su criterio previo. Los ministros Adriana García Nieto, Guillermo De Sanctis y Angel Medina Palá, también resolvieron apartarla de esa causa (ahora otro juez hará el juicio) y la sancionaron con una multa equivalente a un salario mínimo del escalafón judicial (32.368 pesos), dijeron fuentes judiciales. Fue la quinta y más grave sanción que recibió la magistrada de parte del máximo tribunal de Justicia provincial, por su "irregular actuación" en su función judicial, indicaron.

El caso que complica a la jueza Camus había ocurrido entre las 6 y las 7 del 30 de agosto de 2015. Ese día, al salir de un cumpleaños, Marcos David Mercado Tello (tenía 17 años, menor ante la ley) le dio un puntazo en el abdomen a Diego Gonzalo Arias en una plaza del barrio Area II, cercana al hospital de Caucete, y por ese ataque el joven quedó con las vísceras afuera. Se salvó por poco.

Entonces Mercado quedó detenido. Fue indagado por tentativa de homicidio, declarado responsable y finalmente acusado por igual delito. El juicio, por ley, debía comenzar manteniendo la acusación fiscal como pieza clave, pero antes de comenzar las audiencias, la defensora oficial Mariela López le pidió a la juez Camus un cambio en la calificación del delito. Y contra todo pronóstico la magistrada acogió el planteo, excarceló a Mercado tras opinar que cometió lesiones graves y no tentativa de homicidio porque esa madrugada nada le impidió matar a Arias y, por el contrario, tras el cuchillazo lo ayudó con otras personas a llegar al hospital.

El caso ahora volverá a juicio y será otro juez quien deba dictar una sentencia

Fue ahí que la fiscal de la Niñez Gladys Capdevila de Gattoni se opuso a la decisión de la jueza. Y manifestó su reclamo formal cuando comenzó el juicio: pidió la nulidad absoluta de la decisión de la jueza y le solicitó apartarse por prejuzgar y no garantizarle imparcialidad, pues se supone que su opinión del caso debía conocerse al final del juicio, en la sentencia, y no antes.

Pero la jueza rechazó el planteo fiscal, siguió adelante con el juicio y, como era de suponer, al final condenó a Mercado a 2 años de prisión en suspenso (sin encierro) por lesiones graves.

En su reclamo ante la Corte, la fiscal calificó de inoportuna, inusitada y antijurídica la resolución de la juez Camus e insistió en anular todo a partir de esa decisión y considerar el delito como tentativa de homicidio.

Pero la Corte entendió que cabía anular todo, apartar del caso a la juez, realizar otra vez el juicio y sancionarla. "Tengo en cuenta para ello (la sanción) el actuar irregular de la señora jueza en el cumplimiento de su función, lo cual ciertamente provoca un perjuicio a la administración de Justicia, y los antecedentes sancionatorios efectuados por la Sala Segunda de la Corte", dijo la ministra García Nieto en su voto.