Acusados. Adelante de izquierda a derecha, Alejandra Mariela Dragui, Pedro Ignacio Roldán y Carlos Alberto Albornoz. Atrás parte de los estafados, abiertamente en contra a que les concedan probation.

Algunos negaban con la cabeza, incrédulos. Otros sonrieron, irónicos. Y la mayoría reflejó gestos de bronca. Luego, verbalmente, hicieron saber al tribunal su profundo malestar y su abierta negativa al posible final que tendrá una de las estafas más escandalosas y cuantiosas de la provincia: la perpetrada contra más de 150 familias que entre marzo de 2009 y abril de 2010, entregaron entre $7.000 y $20.000 o vehículos, por una casa del IPV que nunca consiguieron.

Los gestos de indignación ante los jueces Silvia Peña Sansó de Ruiz, Juan Carlos Caballero Vidal (h) y Raúl José Iglesias (Sala I, Cámara Penal) respondían a la consulta del tribunal sobre el ofrecimiento simbólico de reparación del daño, concretado por Carlos Alberto Albornoz (supuesto cabecilla), Pedro Ignacio Roldán y Alejandra Dragui.

Albornoz extendió su ofrecimiento inicial a $18.000 en 6 cuotas. Roldán y Dragui a $12.000 en 12 cuotas. "Es una burla, la plata que ofrecen los tres no hace ni lo que yo nomás perdí", dijo Gustavo Martín. Desde el tribunal les explicaron que la reparación es simbólica porque pueden exigir mayores montos en una demanda civil.

La probation es una forma de extinguir la acción penal (se archiva el caso, no queda el antecedente) para el acusado de un delito cuya pena mínima sea inferior a 3 años, siempre que no tenga condenas recientes. En la práctica, implica que se le suspenderá el juicio (entre 1 y 3 años) y deberá reparar el daño y realizar tareas comunitarias por un período de entre 6 meses y 2 años.

Si no cumplen, se revoca el beneficio y van a juicio. De los cinco acusados, solo dos quieren ir a juicio pues también se consideran estafados: Marcos Barragán y su madre Miriam Quiroga. En opinión del abogado de víctimas, Oscar Adárvez, no cabe la probation por la cantidad de delitos que modifican el mínimo de la escala penal.

Si bien el tribunal decidió escuchar a todos los damnificados, en realidad su opinión no es vinculante. Solo la oposición fiscal, fundada, podrá evitar la probation.