
El juez Benedicto Correa procesó con prisión preventiva al empleado de una empresa de transporte que fue detenido en septiembre último por el presunto abuso sexual de un compañero de trabajo de 50 años con síndrome de Down.
En su defensa el acusado negó todo, presentó dudosos testigos e intentó desacreditar a la víctima hablando de su sexualidad.
Aun así, el magistrado reunió pruebas que a su entender acreditaron que ultrajó en reiteradas ocasiones a la víctima, que tiene la mentalidad de un niño de 6 y 7 años, haciéndose practicar sexo oral en el baño.
Es más, calificó el hecho como una violación, lo que agravó el delito.
La resolución del titular del Quinto Juzgado de Instrucción recayó sobre Juan Francisco Pereyra (32), quien cumplía tareas de operador en Autotransporte San Juan y Autotransporte San Juan-Mar del Plata.
Siguiendo una corriente doctrinaria y la jurisprudencia que entiende que la felación (o sexo oral) es un tipo de ataque sexual igual al ultraje vía anal o vaginal, el juez Correa procesó al acusado por el delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado.
El delito de abuso sexual con acceso carnal es castigado con una pena que va desde los 6 a los 15 años de prisión o reclusión.
Se habla de reiterados porque existen pruebas de que abusó del discapacitado, al menos dos veces. La propia víctima lo relató a través de Cámara Gesell.
En esa declaración también afirmó que Pereyra le decía que se quedara después del horario de trabajo y, que una vez que estaban solos en la empresa, lo llevaba al baño donde hacía que le practicara sexo oral.
Una de las pruebas claves son las grabaciones de las cámaras de seguridad del sector del baño, de las tardes del 29 de julio y 5 de agosto último, en las cuales se ve cuando el acusado mira para todos lados, revisa el lugar y entra al sanitario individual en el que estaba la víctima.
