La Justicia condenó a un hombre a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo en el Servicio Penitenciario por una serie de hechos de violencia contra su expareja, en un contexto de violencia de género que se extendió durante años y que incluyó amenazas, daños y la desobediencia a una orden judicial vigente.

Según consta en la resolución del juicio abreviado, Cristian Ramón Chena, mantuvo una relación de pareja durante aproximadamente 20 años con la víctima, con quien tuvo dos hijos, hoy de 19 y 17 años. Durante ese vínculo ejerció violencia física, psicológica y económica, con episodios de golpes, insultos, amenazas, celos excesivos y rotura de objetos. Si bien la mujer no había denunciado penalmente con anterioridad, sí había solicitado medidas de protección.

En ese marco, el 12 de junio de 2024, el Segundo Juzgado de Familia, a cargo de la jueza subrogante Marisa Valdez, dispuso la prohibición de acercamiento de Chena al domicilio de J.V. a menos de 300 metros, además de prohibirle todo tipo de contacto o hostigamiento por cualquier medio. Las medidas estaban vigentes y debidamente notificadas.

Pese a ello, el 24 de abril de 2025, el condenado protagonizó una seguidilla de hechos. Cerca de las 2:30, llegó en motocicleta a la vivienda donde reside la mujer y arrojó piedras contra la puerta. Más tarde, alrededor de las 11:30, volvió a presentarse y la amenazó verbalmente en la vía pública, diciéndole: “Ya te voy a enganchar en la calle”. La víctima llamó al 911, pero el agresor se retiró antes de la llegada policial.

El episodio más grave ocurrió esa misma noche, cerca de las 20:30, cuando Chena interceptó a J.V. en las inmediaciones del barrio Sierras de Marquesado, en Rivadavia, cuando la víctima transitaba en moto junto a su hermana. Cuando la mujer tomó su celular para llamar al 911, su ex se bajó de la moto en la que se trasladaba y se lo arrebató, arrojándolo al suelo, al tiempo que la amenazó con la frase: “Te voy a dejar renga”. Luego huyó.

El temor generado por estos hechos llevó a la mujer a denunciar penalmente en la Unidad Fiscal CAVIG y a solicitar nuevas medidas de protección.

Finalmente, el juez resolvió hacer lugar al acuerdo llegado en el juicio abreviado, declarar la culpabilidad de Chena y condenarlo por los delitos de amenazas simples, daño simple y desobediencia a una orden judicial, en concurso real, en perjuicio de la víctima y de la administración pública. Además, se ordenó el pago de costas y la prisión preventiva, teniendo en cuenta que el acusado contaba con una condena previa en su prontuario.