Esta semana, Julián Gil, exintendente de Caucete y abogado penalista, se encontró con una sorpresa inesperada: fue excluido del Sistema de Administración de Expedientes (SAE) y ya no puede seguir las causas que tramitaba como letrado. La baja puede estar vinculada a la resolución del Foro de Abogados de quitarle la matrícula, pero desde su entorno aseguraron que el caso se encuentra todavía en apelación y eso implicaría una violación de derechos constitucionales.

El SAE es el Sistema de Administración de Expedientes Electrónicos del Poder Judicial de San Juan, una plataforma digital que permite a los abogados consultar expedientes, realizar presentaciones, recibir notificaciones y gestionar trámites de manera online, optimizando tiempos y reemplazando progresivamente el uso del papel. Su implementación agilizó la actividad judicial, sobre todo en Juzgados de Paz Letrados y áreas como Comercial Especial.

La imposibilidad de acceder al sistema dejó a Gil sin una herramienta clave para su actividad profesional. Según indicaron fuentes de su entorno, la baja fue una consecuencia de la sanción impuesta inicialmente por el Tribunal de Disciplina y ratificada después por el Foro de Abogados tras la condena que recibió por encubrimiento, luego de aceptar un juicio abreviado.

Desde su círculo cercano calificaron la situación como una violación de derechos constitucionales, ya que sostienen que a Gil todavía le queda una instancia de apelación pendiente ante el Juzgado Contencioso Administrativo. Mientras tanto, el exjefe comunal caucetero tuvo que delegar sus causas penales y civiles en otros colegas, al no poder ingresar al SAE.

Fuentes allegadas remarcaron que existen abogados que “cometieron delitos mucho peores” y mantienen sus matrículas activas en instancias de apelación que llevan “más de 12 años”, por lo que sorprendió la firmeza de la sanción contra Gil.

En 2024, el exintendente fue condenado a un año de prisión en suspenso por admitir que trató de influir en el testimonio de una víctima para favorecer a uno de sus clientes. También reconoció que intentó hacer lo mismo con una adolescente de 16 años en otra causa de abuso sexual. En su acuerdo abreviado aceptó el delito de encubrimiento agravado, aunque luego intentó revertirlo ante la Corte de Justicia.

Tras esa sentencia, el Tribunal de Disciplina del Foro actuó de oficio y resolvió aplicar la sanción más grave prevista por la Ley Orgánica de la Abogacía: la exclusión. Gil apeló esa resolución alegando, entre otros argumentos, una “persecución política” debido a su “alta imagen” en Caucete.

Con la confirmación del Directorio de la misma entidad, al abogado le quedó una última vía: acudir al Juzgado Contencioso Administrativo, que deberá revisar si la sanción corresponde o si debe ser anulada.

Según fuentes calificadas, el recurso judicial suspendió la sanción, por lo que Gil estaba habilitado a seguir litigando hasta que la Justicia decida lo contrario. Sin embargo, la baja del SAE implica, en los hechos, un freno a su actividad profesional.

Si la Justicia provincial mantiene la quita de la matrícula, Gil podría recurrir a la Corte de Justicia, pero esa presentación no suspende los efectos de la sanción salvo resolución expresa del tribunal.