En la mira. No es la primera vez que la decisión del titular del EPRE, Jorge Rivera Prudencio, de despedir a un empleado termina en la justicia.

Luego de varias idas y vueltas durante 20 años, la Corte de Justicia resolvió la situación laboral de la abogada Norma Navarro de Eguía, que fue despedida de manera arbitraria por el presidente del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE), Jorge Rivera Prudencio, según quedó confirmado. El fallo ordena la reincorporación de la empleada, pero además establece que no se le deben abonar los salarios caídos, simplemente porque no incluyó ese planteo en la demanda que hizo en 1998. Por otro lado, el máximo tribunal tampoco hizo lugar al reclamo de la trabajadora por los daños y perjuicios que le produjo la desvinculación injustificada, porque "no fueron debidamente invocados ni detallados", aunque sí resolvió que un magistrado de primera instancia decida si hubo un daño moral.

Desde el entorno de Navarro de Eguía señalaron que la resolución es llamativa porque resolvió un tema central, como el de los salarios caídos, sin haber sido planteado en la causa. Se trata de un punto que representaría una cifra millonaria a las arcas del Estado. Lo contrario ocurrió con el planteo de daños y prejuicios. Este rubro sí fue reclamado por la mujer, pero no tuvo eco porque no los especificó, pese a que había indicado que se determinaran en una eventual ejecución de la sentencia.

Los actores judiciales del proceso, la defensa de Navarro de Eguía y Fiscalía de Estado, querellante en la causa, no quisieron expedirse sobre la resolución. No obstante, fuentes judiciales de uno y otro lado indicaron que, en el caso de la mujer, su defensa irá con un planteo a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dado que entiende que a la mujer se le debe abonar los sueldos de hace 20 años, los daños producidos o, por lo menos, se le liquiden los aportes correspondientes para acceder a la jubilación. Mientras que en el organismo que defiende el patrimonio local señalaron que estudiarán si van a la máxima instancia superior.

El que fundó el voto de la resolución fue el ministro Abel Soria Vega, a cargo la Sala Segunda de la Corte, mientras que Américo Riveros y Juan Jesús Romero, jueces subrogantes de esa sala, adhirieron al primero.

La mujer dijo ser "víctima de una metódica y cruel persecución ideológica que motivó su segregación del organismo". 

La resolución de la Justicia es clave, ya que sienta precedente para otras dos causas similares por despidos injustificados del personal de EPRE que acudieron a los estrados judiciales y tuvieron dispares fallos en primera instancia (ver destacados).

La causa Navarro de Eguía estalló en marzo cuando se dio a conocer que la Corte Suprema de Justicia de la Nación abrió la puerta para que el máximo tribunal sanjuanino se meta de lleno a resolver el caso. La resolución estableció que la letrada debía ser considerada como una empleada estatal y no como una privada, por lo que le correspondía estabilidad en su puesto laboral y no podía ser desvinculada sin motivo y sin el sumario correspondiente.

La resolución de despido del EPRE fue emitida el 18 de mayo de 1998 y lleva la firma de su presidente, Jorge Rivera Prudencio. El fallo que establece su restitución fue dictado hace una semana y en el mismo, la empresa estatal fue condenada a que en el plazo de 15 días hábiles "disponga de las medidas pertinentes para la reinstalación" de la mujer, medida que deberá concretarse a más tardar el lunes 23.

Por otro lado, fuentes calificadas indicaron que una vez que Navarro de Eguía ingrese al organismo de control, ya está en condiciones de jubilarse porque tiene la edad suficiente para conseguir el beneficio. 

Causa González

En 2008, el abogado Martín González demandó al EPRE por acoso laboral y haber sido despedido arbitrariamente. El juez Federico Soria entendió que el Directorio que encabeza Jorge Rivera Prudencio tuvo un “accionar ilegítimo” y que lo desplazó sin motivos, por lo que sentenció a la empresa a reincorporarlo y a pagarle los sueldos caídos: una suma cercana a los 6 millones de pesos. El fallo fue apelado. 

Caso Moya

La desvinculación de González no fue la única que se produjo en 2008. Ese año también fue apartado Pablo Moya, que al igual que Navarro de Eguía y el primero se desempeñaban en el servicio jurídico del organismo público. El expediente de Moya se tramitó en el juzgado que dirige Miguel Ángel Licciardi. Según indicaron fuentes oficiales, el fallo fue en contra de las pretensiones del trabajador y también fue apelado.