San Juan, 21 de julio.- Según informaron ayer medios nacionales (La Nación, Infobae, DyN y otros), el Gobierno Nacional ponía en práctica, a través de una resolución ministerial, una nueva Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles 2010. Hoy, luego de muchas críticas de distintos sectores políticos y religiosos, el mismo Ministerio, a través de un comunicado, dijo que no había tal “nueva guía”. Incluso, el ministro de Salud de San Juan, Oscar Balverdi, salió a mencionar lo mismo, en consonancia con el titular nacional de la misma cartera. Medios Nacionales dijeron pasadas las 13.30 que el Gobierno admitió que la nueva guía, de 2010, se publicó "por error". La principal diferencia es, nada más y nada menos, la documentación que debe exigir el médico a la hora de practicar estas intervenciones. Según Balverdi, “se debe actuar como siempre, con una constancia de denuncia policial o judicial”.

El diario La Nación, tituló: “Polémica ampliación del aborto legal. El Ministerio de Salud emitió un protocolo de interrupción de embarazos; incluye todos los casos de violaciones y no exige pruebas”. Por su parte, la agencia de noticias DyN (Diarios y Noticias) advertía que “Juan Manzur firmó una Guía Técnica que establece que los médicos están obligados a interrumpir el embarazo en casos de violación con sólo la declaración de la víctima mayor de 14 años”.

Los dichos y la declaración oficiales de hoy contrastan con las manifestaciones que ayer y hoy dieron funcionarios de segundo y tercer nivel del Ministerio, que sí indicaban se había "firmado" una decisión administrativa el 12 de julio que actualizaba la guía original. Se trata de, por ejemplo, la coordinadora del Programa de Salud Sexual del Ministerio, Paula Ferro.

De hecho, la propia página oficial en internet del Ministerio de Salud subió ayer por la tarde, cerca de las 18, una versión diferente de la Guía Técnica, tras los insistentes pedidos de diversos medios.

Hoy, ante la pregunta de Clarín.com sobre la evidente contradicción, desde el Ministerio respondieron que la resolución existió como proyecto pero "nunca fue firmada por el ministro". "El origen de todo el problema es que el ministro no lo firmó", dijeron, para reconocer que se difundió información equivocada. "Hubo un error y lo estamos reconociendo", añadieron.

En declaraciones a la agencia DyN, en tanto, fuentes del Ministerio señalaron por el "error" a la directora del Programa Nacional de Salud Sexual del Ministerio de Salud, Paula Ferro, quien dijo por distintos medios que "lo novedoso" era que la guía, actualizada, "se publicó como resolución ministerial" y que el organismo decidió difundirla.

Las diferencias:

Las diferencias entre una y otra es fundamental y se basa en el respaldo legal que tiene el médico a la hora de realizar el aborto, cuando el embarazo viene de una mujer violada. La de 2007, decía que para “Para la constatación de los casos de violación o atentado al pudor cometido sobre mujer idiota o demente (artículo 86, inciso 2do. del CPN), el médico tratante deberá pedir que se le exhiba constancia de la denuncia policial o judicial de la violación, según lo previsto en el acápite 6.3.2. supra”.

En tanto que la “nueva” guía menciona sobre el mismo punto que, “El Hospital y la/el médica/o tratante tienen la obligación legal de practicar la intervención, siempre que exista consentimiento informado de la mujer (ver punto 3). No deben ni están obligados a requerir la intervención y/o la autorización judicial. La práctica del aborto no punible se realizará previa constatación por parte de una/un sola/o médica/o de la existencia de alguna de las causales”.

Este mediodía, Balverdi cerró el tema diciendo que, “se debe actuar como siempre, con una constancia de denuncia policial o judicial”.