Demostración. Miembros de la Corte de Justicia participaron de una puesta en escena de cómo será el sistema de Flagrancia.


Con las modificaciones que ayer aprobó la Cámara de Diputados, los jueces de Flagrancia no serán los únicos que deberán resolver las causas en tiempo exprés sino que también lo deberán hacer los miembros de la Corte de Justicia. Hoy, cuando los planteos de excarcelación por un detenido y las causas con sentencias tramitadas bajo el sistema tradicional llegan al máximo tribunal, sus integrantes definen dichos puntos en plazos que van de tres meses a un año y medio.

En cambio, con el nuevo procedimiento, que contempla a los sospechosos que son detenidos cometiendo un delito, todo el proceso dura 10 días hábiles, por lo que la Corte deberá bajar y adecuar sus tiempos a ese lapso en los planteos sobre la libertad o no de un apresado. Y en los casos de condenas, los fallos también deberán ser rápidos para cumplir con el espíritu de la ley.

En Flagrancia, tras la detención del sospechoso, a las 48 horas es enviado a la primera audiencia, en la que el juez debe definir si sigue preso o no hasta la segunda fase: el juicio. Si se le dictase la prisión preventiva y fuese apelada por la defensa, un segundo magistrado de flagrancia tiene dos días para resolver el planteo. Si se confirma la medida y el abogado del imputado insiste, será la Corte la que tendrá la última palabra.
 

Expedientes

60 es la cantidad de causas que calculan en Tribunales se tramitarán al mes bajo el nuevo mecanismo de enjuiciamiento exprés.

En este caso, el máximo tribunal quedó encorsetado dentro del límite que dura el proceso, el cual es de 10 días hábiles. Las modificaciones a la ley establecieron que la Corte deberá fijar ese plazo, el cual aún no está establecido. Actualmente, como muy rápido, los cortistas deciden sobre una excarcelación en tres meses, indicaron fuentes calificadas.

El segundo caso en el que puede intervenir la Corte es frente a la apelación de la sentencia de un juez de Flagrancia. Si un defensor no está de acuerdo con el proceso llevado a cabo por el magistrado o si entiende que la ley aplicada no es la que corresponde, podrá ir en casación ante el máximo tribunal.

Hoy, la Corte demora un año y medio promedio para expedirse. Dicho tiempo no va de la mano con el espíritu de la ley, la cual apunta a que un delincuente tenga una condena firme a pocos días de ser atrapado. Además, puede darse el caso de que una persona sea condenada a seis meses de prisión efectiva y que la Corte entienda al final que no es culpable. Por lo tanto, no puede demorarse en la resolución de dicha apelación.

Operatividad

El procedimiento de Flagrancia se pondrá en marcha un día después de la publicación en el Boletín Oficial de las modificaciones efectuadas a la norma, según se estableció en el texto que fue incorporado ayer por la Cámara de Diputados.

La Cámara de Diputados dispuso que la propia Corte será la que adecuará sus tiempos al nuevo sistema. Pero hay legisladores que por lo bajo sostienen que debieron fijarle plazos y no descartan volver a cambiar la ley de evaluar que el máximo tribunal no cumpla con los tiempos. 

El ministro Guillermo De Sanctis aseguró que la Corte “está para adecuarse a los tiempos que sean necesarios” para “cumplir con la normativa”.