Aunque la Constitución Provincial de 1986 fue pionera en el país con nuevos institutos como el Defensor del Pueblo y por la incorporación de los llamados derechos de tercera generación, como la protección del medio ambiente y los derechos del consumidor, tiene todavía temas pendientes que hasta ahora no se han puesto en práctica. Se trata de 4 mandatos que incluyen la falta de sanción de una ley de coparticipación de impuestos a los municipios, la falta de concursos para acceder a cargos públicos, no cumplir con lo que contempla el Consejo de la Magistratura y la falta de implementación de la Policía Judicial.
Cuando están próximos a cumplirse 24 años de la reforma constitucional, estos temas fueron analizados por primera vez en un libro titulado "Derecho público de la Provincia de San Juan", que ya está en las librerías de la provincia de autoría del abogado y docente Ramón Alberto Caballero (ver aparte). Se trata de una herramienta útil y práctica para el conocimiento de las normas jurídico-políticas contenidas en la Constitución de San Juan.
– Coparticipación
Una de las materias pendientes es que todavía falta llevar a la práctica legislativa el inciso 16 del artículo 150, que textualmente dice, cuando menciona las atribuciones de la Cámara de Diputados, la de "acordar subsidios a las municipalidades y dictar leyes de coparticipación tributaria para éstas".
Se trata de una tarea política compleja, dice el autor del libro, toda vez que a nivel nacional también está esa materia pendiente. Se refiere a la Constitución Nacional de 1994, que también habla de establecer un régimen de coparticipación con las provincias "antes de la finalización del año 1996".
Sobre este tema, en las últimas semanas ha vuelto la discusión sobre el tema, a propuesta del Gobierno nacional.
– Concursos
Tampoco se cumple con el artículo 45 que se refiere a que para entrar a los cargos públicos hay que rendir concursos. Textualmente ese artículo consigna que "el acceso a las cargos técnicos y administrativos está sujeto a la realización de concursos".
Por el tema de la falta de concursos, el año pasado hubo una gran polémica cuando la Corte de Justicia de San Juan hizo una serie de nombramiento sin concurso y que beneficiaron mayormente a parientes de magistrados.
– Magistratura
El Consejo de la Magistratura, que es el organismo encargado de la designación de los jueces, está previsto desde el artículo 214 al 217 de la Constitución, pero en el inciso del artículo 216, referido a sus funciones, menciona las de "organizar y resolver los concursos abiertos de antecedentes y oposición para las vacantes e integración de las ternas de nombramiento".
Según el autor del libro, a la hora de designar jueces, sólo se cumple lo referido a antecedentes porque el procedimiento incluye la presentación de la carpeta con los antecedentes y una entrevista personal con los integrantes del Consejo, pero no hay oposición, que son los exámenes. Después sólo queda el envío de una terna a la Cámara de Diputados, y por se trata de una designación política.
– Policía Judicial
Se trata de una estructura de efectivos policiales que dependen del Poder Judicial que se van a dedicar únicamente a investigar delitos y que aportarán evidencia clave para esclarecer los hechos. Está contemplada en el artículo 213 de la Constitución.
En San Juan hubo varios intentos para ponerla en marcha, pero la excusa siempre ha sido la falta de presupuesto. Incluso a fines de 2009 hubo un cruce entre el ministro Emilio Fernández, que dijo que habían mandado a la Corte un proyecto alternativo que no insumía tantos recursos, pero desde el máximo tribunal de justicia lo negaron.
