Prueba. De los tres baños que hizo Ivaco en el Servicio de Pediatría del Hospital Rawson sólo uno quedó en pie tras la remodelación del centro de salud. En la otra obra sólo se hizo un terraplén.

Sobre las arcas provinciales existía el riesgo de que la provincia tuviera que pagar 93 millones de pesos de una deuda que arrastraba con una empresa que construyó tres baños y un terraplén en la década del "90. Sin embargo, la jueza del Contencioso Administrativo, Adriana Tettamanti, consideró que quedó probado que dicha cifra, determinada por una pericia, es desproporcionada con respecto al valor real y actual de esas obras. Por eso, resolvió que el Estado deberá cancelar su obligación, pero en base al cálculo que hizo el Tribunal de Tasaciones, que arrojó una suma de 1.115.909 pesos. Si bien a ese monto se le debe aplicar intereses desde octubre de 2017 a la fecha en la que se haga efectivo el desembolso, más IVA y el rubro de daño emergente, el resultado ni se acercará a los 93 millones.

El fallo de la magistrada salió el viernes y se dio tras la puja que entabló Fiscalía de Estado, quien había solicitado que se aplicara la ley nacional de desindexación ante la pericia que establecía la exorbitante cifra. La norma indica que cuando deba actualizarse el valor de un bien, a través de la aplicación de índices, la liquidación judicial no puede establecer un monto superior a lo que hoy cuesta realmente dicha cosa. La empresa que reclama el pago de la deuda se llama Ivaco y a través de su abogado se había opuesto al planteo del organismo que defiende el patrimonio sanjuanino. Frente a la resolución de Tettamanti, la compañía puede apelar a instancias superiores.

Lo que está en juego es la liquidación en la etapa de ejecución de la sentencia, ya que la provincia había sido condenada por la misma jueza a que le pague a Ivaco los trabajos que no le canceló hace más de 20 años. Todo se desencadenó en 1994. El entonces gobierno justicialista de Jorge Escobar contrató a la empresa para realizar tres baños, con sus cloacas exteriores, en el servicio de Pediatría del Hospital Rawson por 125.082 pesos y la ampliación de la escuela Florencia Nightingale de 25 de Mayo por 174.048 pesos. Las tareas se fueron ejecutando y abonando, pero la provincia comenzó a retrasarse en los desembolsos. Así fue que al año siguiente se paralizaron los trabajos frente a la suspensión de los pagos de los certificados de obras. En la escuela sólo se hizo un terraplén. De esa manera se generó un saldo en rojo, con sus respectivos intereses, y el Ejecutivo de entonces decidió incluirlo en las leyes de consolidación de deuda, que contemplaba las obligaciones desde 1991 a 1994. Por eso, le abonó los certificados de obra a la compañía con títulos públicos.

Sin embargo, para los demandantes esa movida les significó un perjuicio y resaltaron que los certificados no debieron ser incorporados en la consolidación, ya que la deuda se había originado después de 1994. Además, indicaron que en la liquidación de los intereses por el retraso del Estado se aplicó a una tasa diferente a la que le hubiera correspondido si se hubiese aplicado la ley de obras públicas.

La magistrada les dio la razón en la demanda y comenzó la nueva puja por el monto a pagar. Tettamanti designó a la perito Patricia Alday, quien estableció la cifra de 93 millones de pesos. Pero tras el pedido de desindexación de Fiscalía de Estado, la jueza entendió que hubo un desfasaje con respecto a los 1.115.909 pesos que valuó el Tribunal de Tasaciones de la provincia. Inclusive, en su fallo resaltó que los demandantes reclamaron en 2008 un monto de 2.532.596, más IVA y daño emergente, lo "que se aproxima con mayor precisión al determinado por el Tribunal".


 

Cronología

  • 22 de abril 1994

La provincia contrató a Ivaco para realizar tres baños y sus cloacas en el Rawson. Luego incorporó la ampliación de la escuela de 25 de Mayo.

  • 19 de junio 1997

Tras la crisis económica, que derivó en el retraso de los pagos de los certificados de obra, la provincia rescindió los contratos con Ivaco.

  • 3 de octubre 2008

"La empresa recibió la última respuesta administrativa del Estado, que fue negativa, y pudo plantear la demanda por 2,5 millones de pesos.

  • 14 de abril 2015

Luego de las pruebas que presentó la empresa y la defensa de Fiscalía de Estado, la jueza Tettamanti condenó a la provincia a pagar la deuda con Ivaco.

  • 24 de mayo 2017

La Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó el fallo de Tettamanti. Tras esa resolución, se desató la puja por la liquidación.

Contrapuntos


En la disputa legal que entabló Ivaco, su abogado señaló que el pedido de desindexación de Fiscalía de Estado era extemporáneo, dado que se estaba en la etapa de ejecución de sentencia y que la resolución estaba firme y consentida. Sin embargo, la jueza Tettamanti señaló que "hasta tanto el deudor no efectivice el pago, se encuentra habilitado para peticionar la aplicación de la ley de desindexación 24.283".

Tras los planteos del abogado de Ivaco, la magistrada concluyó que el planteo desindexatorio resulta admisible, debido a que, en primer lugar, la provincia de San Juan se encuentra legitimada para formular el pedido, que la pretensión es temporánea y la obligación impuesta en la condena (de dar suma de dinero) se encuentra comprendida en el ámbito de aplicación de la ley 24.283.

Monto

952 mil pesos costó la construcción del grupo sanitario para el Tribunal de Tasaciones.

Recorrido

Los representantes de la empresa Ivaco acudieron a todas las instancias en sede administrativa para que no les pagaran con títulos de consolidación de deuda sino con dinero. No tuvieron eco durante años y recurrieron a la vía judicial. El primer fallo fue en 2015.