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Los 48 imputados por participar hace casi dos años de la denominada fiesta VIP están contando los días,  ya que queda poco más de un mes para que la causa pase a archivo por efecto de la prescripción. Esto es, que no serán juzgados penalmente porque el tiempo transcurrido que insumió la definición de planteos defensivos excedió el plazo máximo del castigo previsto para el delito que presuntamente cometieron: dos años. El escenario se da porque, hasta el momento, la Corte Suprema de Justicia de la Nación no ha resuelto si debe intervenir la justicia provincial o si lo debe hacer la federal. Ambas, han entendido que son competentes para actuar en el expediente, por lo que el máximo tribunal del país debe decidir qué jurisdicción debe llevar adelante el trámite.

La fecha límite se da porque, si bien el hecho ocurrió el 11 de septiembre, la primera audiencia en el sistema de Flagrancia se llevó adelante el 18. Ese fue el primer día que los protagonistas estuvieron frente al juez y fueron imputados por el Ministerio Público Fiscal (MPF) de haber cometido un delito. Cabe recordar que los 48 jóvenes están, por ahora, en la mira de "violar las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia" lo que se castiga con seis meses a dos años de prisión.

Si la Corte Suprema de Justicia de la Nación definiera que la competencia es de la Justicia provincial, fuentes judiciales recordaron que resta la resolución de la Corte de Justicia local sobre el planteo que hicieron los abogados defensores de los imputados para que puedan acceder a una suspensión de juicio a prueba (probation), beneficio al que el Ministerio Público se opuso por seguir los lineamientos sobre política de persecución criminal dictada por el fiscal General de la Corte. Una probation apunta a que quienes están en la mira de la Justicia lleven adelante tareas comunitarias a cambio de evitar el juicio y un eventual castigo. A la hora de la decisión de la Corte local, es casi un hecho que habrá un rechazo, ya que hay antecedentes del propio tribunal que van en esa línea. Así, el expediente debería bajar a Flagrancia para que se reanuden las audiencias y se produzca un hecho que interrumpa la prescripción, como sería un acto equivalente al pedido de elevación a juicio de la causa. Con esos pasos faltantes, las fuentes indicaron que el expediente está "prácticamente prescripta".

La indefinición sobre la causa de la fiesta VIP se dio porque la abogada Manuelita Moreno Ferrer, quien representa a Florencia Gabriela Coria Gutiérrez, hizo un planteo de competencia en la Justicia Federal. Esa movida tuvo el rechazo del fiscal federal Francisco Maldonado y del titular del Juzgado Federal N°2, Leopoldo Rago Gallo. Tras la negativa, Moreno Ferrer presentó una queja ante la Cámara de Apelaciones de Mendoza, quien también le denegó el planteo, por lo que llegó a la Cámara de Casación Penal. En julio del año pasado, ese tribunal le dio la razón a la abogada, por lo que declaró que debe intervenir el Juzgado federal. La Corte local se opuso, lo que dio origen a un conflicto de competencia, que debe resolver la Corte Suprema.

CRONOLOGÍA

La fiesta clandestina

El evento se llevó adelante el 11 de septiembre de 2020 en un barrio privado de Santa Lucía.
Los 48 involucrados fueron presentados ante un juez el 18 de septiembre.

Negativa probation
El 21 de septiembre, los abogados defensores de los imputados le solicitaron al juez de
flagrancia, Eduardo Raed, una probation, lo que fue rechazado por fiscalía.

OK de Casación
Tras una serie de planteos, el 7 de julio de 2021, la Cámara de Casación Penal de la Nación
definió que la justicia federal debe intervenir en la causa. La Corte local dijo lo contrario.