A través de una resolución de la Sala II, la Corte de Justicia ordenó que un tribunal inferior revea un fallo que obliga a la provincia a realizar un desembolso millonario por una pequeña parcela del Barrio Del Bono. Se trata de un juicio de expropiación que inició una pareja 47 años después de que parte de un predio fuera utilizado para el ensanche de la calle principal del barrio. Según los cálculos, de confirmarse la sentencia, el Estado debería pagar, a la fecha, unos 9.500.000 pesos por 9,8 metros cuadrados, esto es, casi un millón de pesos por metro, indicaron fuentes calificadas. Quienes deberán analizar nuevamente la sentencia son los jueces de la Sala IV de la Cámara Civil y lo deberán hacer teniendo en cuenta un planteo que hizo Fiscalía de Estado, que no fue estudiado originalmente. Con el nuevo escenario, desde el órgano que defiende los intereses de la provincia, a cargo de Jorge Alvo, se mostraron confiados en revertir el fallo, sin costos para el Estado.

El expediente en la mira es similar a los que son parte de la denominada megacausa de las expropiaciones, en el que abogados, exjueces y funcionarios están procesados por integrar una asociación ilícita, dedicada a inflar el valor de los terrenos que expropiaba el Estado (Ver recuadro). La similitud radica en que la causa en cuestión es un proceso de expropiación inversa sobre predios que sufrieron cambios luego del terremoto del "44, cuando, a través de organismos como el Consejo de Reconstrucción de San Juan, creado por disposición nacional, se llevaron adelante medidas necesarias para la apertura y ensanche de calles que permitieran la mínima circulación de vehículos, como ocurrió con la calle Del Bono, en Capital. Los que iniciaron una demanda contra la provincia reclamaron que, para crear el acceso, en 1958 se les tomó una parte de lo que hoy es su terreno para el uso público y que la provincia nunca les pagó una indemnización.

La demanda se inició en 2005 en el Primer Juzgado Civil, en su momento, a cargo de Rosalba Marún de Sobelvio, y, tras la presentación de la documentación, se definió que el predio en cuestión es de 9,9 metros cuadrados. En agosto de 2009, el Tribunal de Tasaciones de la provincia emitió un dictamen en el que fijó el precio del metro cuadrado en 488,12 pesos, mientras que, en 2017, el magistrado a cargo de ese juzgado, Héctor Rollán, condenó a la provincia a pagar ese monto, más una actualización del 8 por ciento anual desde la desposesión, la que ocurrió en 1958. Además, le sumó intereses desde 2009 hasta el efectivo pago de la sentencia, por lo que, a la fecha, la suma ascendería a unos 9.500.000 pesos, indicaron las fuentes.

En la resolución inicial, el juez del Primero Civil indicó, entre otros puntos, que al contestar la demanda, la provincia "no negó" que se haya afectado parte del derecho a la propiedad de los demandantes por el uso público que se le dio al ensanche de la calle Del Bono, cuando se fijó una nueva línea de edificación, por lo que en 2017 hizo lugar a la expropiación inversa y declaró transferido el inmueble a la provincia. Fiscalía de Estado apeló la sentencia ante la Sala II de la Cámara Civil, tribunal que a fines de 2018 rechazó el cuestionamiento y confirmó el fallo. Así la provincia presentó un recurso ante la Corte, sentencia que trascendió en estos días.

El máximo tribunal le hizo lugar al planteo de Fiscalía de Estado al entender que la Cámara no tuvo en cuenta que la provincia "negó la existencia de una expropiación" al indicar que, para que ese trámite se cumpla, "debe existir una ley que declare de utilidad pública el predio en la mira", un requisito "indispensable". Así, la Corte anuló el fallo y ordenó que otra Sala intervenga "para que juzgue nuevamente la apelación de la provincia".

Claves del fallo

Pedido

El reclamo de indemnización fue por un terreno libre de mejoras, vereda y muro. La Justicia negó los dos últimos porque no se acreditó que existieran al momento del ensanche.

Cuestionamiento

La provincia cuestionó el monto de indemnización. Dijo que, de ocurrir, "debe ser justa y comprender el valor del bien", y no lo que definió el juez de primera instancia.

Expropiaciones

Entre las causas más emblemáticas se encuentran Ruiz, Guillermo, en la que el Estado pagó 25 millones de pesos por la expropiación de una vereda de 1.430 m2, que finalmente no se canceló. También figura la causa Cuesta del Viento, que comprende a un grupo de terrenos que fueron expropiados en Iglesia para la construcción del embalse del dique Cuesta del Viento. En ese caso, la provincia pagó en total unos 17 millones de pesos. En el expediente denominado Parque de Mayo, que no se abonó, apuntaba a un desembolso que alcanzaría los 1.500 millones de pesos por cinco hectáreas aledañas al Parque de Mayo. Mientras que en el caso Canal Benavídez, la provincia zafó de pagar poco más de 100 millones de pesos por dos hectáreas del entonces llamado canal Playas. Esa expropiación se hizo en 1949.