El Estado sanjuanino ganó tiempo a la hora de pagar una vieja causa judicial que significó un escándalo. La Sala I de la Cámara Civil anuló una sentencia que obligaba a un desembolso de unos 3 millones de pesos en concepto de honorarios de uno de los abogados que lleva el caso de un deudor del Residual del Banco San Juan de apellido Soto, en el que la provincia perdió el juicio por la negligencia de una de sus abogadas, lo que representará una erogación que superará los 10 millones de pesos, debido a que hay más profesionales que harán sus reclamos. La resolución le hizo lugar a Fiscalía de Estado, que planteó la vigencia de la ley de Emergencia Económica, la cual suspende la ejecución de procesos contra las arcas locales, además de que los jueces Abel Soria y Juan Carlos Noguera entendieron que la situación actual de pandemia requiere el fortalecimiento del sistema de salud, entre otros puntos. Así, la cancelación de los honorarios se pospuso, ya que el Ejecutivo tendrá que hacerle frente cuando se levanten las normas de emergencia, instancia en la que también peleará el monto a abonar.

El fallo de Cámara se dio a fines del año pasado y trascendió hace unos días, lo que revivió el famoso caso Soto. El expediente tuvo su origen en la década del "90 y se gestó por una deuda que tuvo el cliente con el Banco San Juan, cuyo cobro quedó en manos de la provincia luego de la privatización de la entidad debido a que quedó dentro de la cartera de créditos a recuperar del denominado Residual. Sin embargo, la abogada de Fiscalía de Estado que, en su momento, llevó la causa (Cristina Montilla), no movió el expediente en una instancia clave y la provincia no sólo perdió la posibilidad de embolsar la deuda, sino que también tiene que pagar sumas millonarias a los abogados litigantes.

De acuerdo a la causa, el abogado Leonardo De la Torre inició la ejecución de los honorarios y el juez Héctor Rollán, del Primero Civil, le hizo lugar y decretó el embargo sobre las cuentas de la provincia. Fiscalía de Estado, a cargo de Jorge Alvo, acudió a la Cámara de Apelaciones con la herramienta de la ley de Emergencia Pública, la cual, en su artículo 4, establece el freno de los procesos de ejecución de sentencia contra el Estado hasta el 31 de diciembre de 2020, además de pedir el rechazo al embargo. Por su parte, el profesional se opuso, ya que sostuvo que los honorarios tienen carácter alimentario y que Fiscalía hizo abuso del derecho, por lo que y solicitó la inconstitucionalidad de la norma.

No obstante, Soria, que fundó el voto al que adhirió Noguera, destacó que el fallo de Rollán careció de fundamentos suficientes, por lo que terminó siendo un "acto inválido". Ante los planteos, el magistrado rechazó el pedido de inconstitucionalidad, debido a que ya hay antecedentes denegatorios en Cámara Civil y en la Corte. Con respecto al argumento del abuso del derecho, el camarista señaló que la presentación que se hizo fue "en base a normas legales vigentes, además de resaltar que "los jueces no pueden desconocer el estado de situación actual del país y la provincia, con la restricción impuesta a toda la sociedad por la coyuntura de la pandemia existente, con la necesidad del fortalecimiento del sistema de salud y seguridad, tendiente a prevenir el desastre en vidas y en lo económico. De lo que se desprende que hoy hablar de emergencia económica no puede ser considerado como un abuso de derecho". Por eso, anuló la sentencia de primera instancia y suspendió el embargo.

Para el Estado se trata de oxígeno, ya que, en algún momento, tendrá que abonar los honorarios. Alvo explicó que en la causa hay tres abogados más que efectuarán sus respectivas ejecuciones, a lo que Fiscalía de Estado viene planteando la aplicación de intereses a tasa pasiva, lo que hoy implicaría un desembolso total de entre 10 y 12 millones de pesos, incluyendo el planteo de De la Torre. Los profesionales apuntan a una tasa mayor, lo que conllevaría a un pago aún más grande. Ese punto deberá ser definido por el juez de primera instancia. El resultado, cualquiera que fuese, puede derivar en más apelaciones.

En la nada

Cuando el Banco San Juan fue privatizado en la década del "90, la provincia se quedó con créditos a cobrar por unos 195 millones de pesos. Muchas de las causas contra los deudores de la entidad bancaria prescribieron. Lo cierto es que el Estado nunca pudo recuperar la totalidad del dinero.

Desembolso

10 Millones de pesos le puede costar al Estado sanjuanino el pago de honorarios a profesionales que llevan el llamado caso Soto, cuando tenía todo para cobrarle a un deudor.

Reducción

El fiscal de Estado, Jorge Alvo, explicó que, pese al traspié que dio por perdido el juicio, los abogados públicos luego lograron reducir el monto de los honorarios a pagar, tras un fallo de la Corte Suprema de Justicia. Lo que también está en disputa es la aplicación de intereses sobre los honorarios consentidos.
 

Profesionales sancionados

Cuando se supo que el Estado perdió la demanda contra Marcos Soto, Fiscalía de Estado inició en 2008 un sumario administrativo contra Cristina Montilla y determinó que fue negligente en el manejo del caso. Por eso, se la cesanteó del organismo. Según el proceso, la profesional no apeló la caducidad de instancia que había dispuesto la exjueza Rosalba Marún, por lo que quedó firme y dejó sin chances a la provincia de cobrar el monto que le reclamaba al deudor. Otro caso que generó revuelo fue el de Adolfo Grynszpan, un deudor del Residual que había sido demandado por la provincia por 853 mil pesos. La Justicia declaró la caducidad de instancia debido a que la demandante no instó a que el proceso se siguiera moviendo y fue condenada a pagar más de 3.000.000 pesos en honorarios. El que actuaba por el Estado era Daniel Derca, quien fue exonerado.