La Corte Suprema de la Nación declaró la inconstitucionalidad de los indultos que el ex presidente Carlos Menem concedió al ex ministro de Economía José Alfredo Martínez de Hoz y al ex dictador Jorge Rafael Videla en relación a la causa por el secuestro extorsivo de un empresario textil y su hijo durante la última dictadura militar.
El fallo abre la puerta para que sean juzgados a los civiles que actuaron del lado de los militares durante la última dictadura militar.
La medida deja a Martínez de Hoz al borde de la detención, en una causa en la que ya están arrestados Videla y el ex ministro de Interior de la última dictadura, Albano Harguindeguy.
Al justificar la instrucción de esta causa penal contra Videla y Martínez de Hoz, la Corte mencionó la "obligación del Estado" de investigar y sancionar a responsables de delitos contra los derechos humanos.
El fallo de la Corte, sin embargo, no modifica la situación de Videla quien, a diferencia del ex ministro, está detenido porque con anterioridad también le había sido anulado el perdón presidencial, contenido en otros decretos, en relación a otros ilícitos de lesa humanidad.
"Cuando la causa vuelva a primera instancia Martínez de Hoz podría quedar detenido", concluyó una fuente judicial.
Las resoluciones dictadas ayer por la Corte, que confirmaron fallos de anteriores instancia de la justicia penal federal, fueron dictadas en el marco de la causa en la que se investiga la privación ilegal de la libertad del empresario Federico Gutheim y su hijo Miguel Ernesto.
Las resoluciones sobre Martínez de Hoz y Videla fueron firmadas por el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton, Raúl Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda.
Las defensas habían argumentado el principio "ne bis in idem" que prohibe que alguien sea juzgado dos veces por el mismo hecho y la actuación del juez de primera instancia, Norberto Oyarbide.
La Corte destacó "la obligación del Estado de perseguir, investigar y sancionar adecuadamente a los responsables de cometer delitos que constituyan graves violaciones a los derechos humanos".
Al resolver los recursos extraordinarios de Videla y Martínez de Hoz, los jueces de la Corte tuvieron en cuenta el precedente "Mazzeo", en el que concluyó que los delitos de lesa humanidad, por su gravedad, son contrarios no sólo a la Constitución Nacional, sino a toda la comunidad internacional.
Para la Corte esos ilícitos son "imprescriptibles" y pueden ser objeto de persecución penal a pesar del paso del tiempo.
Federico Gutheim (como titular de la firma SADECO S.A.) y su hijo fueron privados de su libertad de manera ilegal el 5 de noviembre de 1976 para ser forzados a concretar operaciones con comerciantes ingleses y chinos residentes en Hong Kong.
La causa penal, que había comenzado contra Videla y Harguindeguy incluyó más tarde a Martínez de Hoz, pero en 1989 y 1990 Menem los indultó mediante el dictado de los decretos 1002/89, 2741/90 y 2745/90 del Poder Ejecutivo Nacional.

