La situación judicial de los dos exempleados de Rawson acusados de dejarse plata de la comuna es cada vez más crítica. El juez de Instrucción Martín Heredia los procesó por los delitos de peculado, fraude y falsificación de instrumento público, al comprobar que rindieron mucho menos dinero del que cobraron por la comercialización de nichos del cementerio municipal. Hasta ahora, la diferencia que se determinó entre el valor real de venta y lo que declararon asciende a algo más de 93 mil pesos.
Los imputados son Miguel Angel Avellaneda e Hilda Eva Carranza, que eran empleados de planta permanente del municipio rawsino. Él se encargaba de vender los nichos del cementerio departamental San Miguel y llenar los recibos para los compradores y ella recibía el dinero, firmaba los recibos realizados por su compañero y hacía las rendiciones a la comuna de todo el dinero de las operaciones.
Los dos quedaron en la mira cuando la gestión de Juan Carlos Gioja se enteró de supuestas anomalías en el cementerio, que después denunciaron en la Justicia Penal. Mientras tanto, en el municipio abrieron un sumario administrativo, detectaron que los empleados estaban rindiendo mucho menos de lo que recibían y el proceso derivó en la cesantía de Avellaneda y Carranza.
Todo se descubrió cuando la compradora de un nicho fue a reclamar que le entregaran el título y apareció una importante diferencia entre lo que le habían cobrado y el monto que aparecía asentado en los registros oficiales. Con ese caso de disparador, la Justicia determinó que el cliente se llevaba el recibo original, pero los acusados no utilizaban el papel carbónico del facturero, por lo que en el duplicado no quedaba registrada la transacción. De esa forma, lo llenaban después y cambiaban el concepto e insertaban un monto menor de la operación, cuyo documento iba a parar a la Tesorería.
Así, por ejemplo, de acuerdo a lo que consta en la causa, los implicados le cobraron a la señora Betsy González la suma de 20.000 pesos por un nicho, rindieron nada más que 40 pesos en concepto de “ornamentación” y el resto se lo guardaron. Ambos datos surgen de comprar el recibo que le entregaron a la mujer y el duplicado que dejaron en la oficina municipal.
No fue la única maniobra. En la causa constan 14 operaciones que salieron a la luz tras contrastar los recibos. Y todavía quedan 11 más que investigar, una vez que los compradores aporten los comprobantes de pago y den su versión de los hechos a través de una declaración testimonial frente a Heredia.
Con esas maniobras, los extrabajadores le causaron un perjuicio a las arcas del Estado comunal. Las 14 operaciones que fundan el procesamiento dictado por el titular del Juzgado de Instrucción Nº 4 suman una diferencia no rendida de 93.340 pesos. Pero con las operaciones que hay pendientes, nadie descarta que el monto del perjuicio supere esa cifra.
“Al obtener los recibos originales, efectivamente se advirtió el perjuicio”, dice en un apartado de su resolución el juez. Después, asegura: “En todo, Carranza y Avellaneda habían cobrado sumas de dinero excesivamente superiores a las que consignaban en los recibos en duplicado y partes diarios que rendían a la Municipalidad”.
Los delitos que les imputan son excarcelables en principio, por lo que ninguno iría preso si es condenado. Los procesados tienen ahora la posibilidad de apelar, para intentar dar vuelta la resolución de Heredia. Si lo consiguen, zafan. Si no, tendrán destino de banquillo de los acusados en un juicio oral.
En números
500 Mil pesos de embargo les impuso el juez Martín Heredia a cada imputado.
25 Son las operaciones sospechadas. En 14 ya se comprobaron anomalías.
Las penas
De acuerdo a la escala fijada por el Código Penal, el delito de fraude contra la administración municipal establece una pena de prisión que va de 2 a 6 años, el castigo para el que comete peculado (sustraer caudales públicos) es de 2 a 10 años y por falsificar un documento público, la sanción va de 1 a 6 años. Al ser la mínima menor a los 3 años, a priori son excarcelables, es decir de cumplimiento en suspenso. De todos modos, si Miguel Avellanea o Hilda Carranza fueran condenados en un juicio oral y público a más de 3 años el día de mañana, tendrían que quedar tras las rejas.
Al margen de ya no pertenecer al municipio, sobre los procesados podría caer también una pena complementaria que no les permitiría regresar a ninguna repartición del Estado. El delito de peculado establece también una castigo de inhabilitación perpetua para desempeñarse en estamentos públicos municipales, provinciales y nacionales.
