San Juan, 10 de mayo.- Después del triunfo del SÍ en la Consulta Popular del último domingo, el dirigente del GEN Diego Seguí planteó, en Radio Colón, que “entendemos que lo que dispone la constitución como exigencia para ratificar esta ley no ha sido alcanzada”. Habla de que faltan “40.000 votos” para que sea una enmienda ratificada por el pueblo.
Por su parte Jorge Rivera Prudencio, convencional constituyente en la reforma de la Constitución Provincial de 1986, le contesta que “la consulta popular se regula por el sistema electoral de la constitución, que no establece esta curiosa cuestión”.
El dirigente del Gen planteó que “nuestra lectura es estrictamente técnica, nosotros entendemos que lo que dispone la constitución como exigencia para ratificar esta ley no ha sido alcanzada”.
Sobre este tema se explayó y dijo que “la necesidad de la mayoría absoluta surge a nuestro entender, muy claramente de la constitución. En el trámite de la ley de enmienda para haberse aprobado se requería una mayoría calificada, es decir dos terceras partes de los diputados que integran la cámara. Esa mayoría particular, luego se traduce cuando el artículo 277 dice la mayoría del pueblo”.
“A la luz los resultados provisorios, nos arrojan que no ha llegado el voto afirmativo a más del 40%. Estaría faltando un 10%, casi 40.000 votos necesarios para convertir esta ley de enmienda ratificada por el pueblo”, agregó el dirigente del GEN.
Refiriéndose al poder ejecutivo, impulsor de la Consulta Popular manifestó que “jamás uno puede pensar que se le podría otorgar a quienes se ausentaron de ir a votar la expresión afirmativa de su ausencia. Usted no puede presumir que quienes no fueron a votar le han dado la afirmación en algo que es tan rigurosamente estricto como la modificación de un artículo de la constitución”.
Finalmente comentó que van a esperar los plazos para que el escrutinio tenga carácter definitivo para “formalizar este reclamo ante el Tribunal Electoral”.
La respuesta no se hizo esperar y llegó a través de Jorge Rivera Prudencio, actual titular del EPRE, quien dijo que “la constitución que está vigente ahora prevé un sistema electoral definido y la consulta popular se hace con el padrón de la última elección y el sistema electoral que está sancionado en la constitución vigente ahora”.
“La lectura curiosa que hace Diego Seguí conduciría a que cuando se eligen Gobernadores habría que considerar mayorías absolutas respecto de la totalidad del padrón. La consulta popular se regula por el sistema electoral de la constitución, que no establece esta curiosa cuestión” comentó.
Rivera Prudencio concluyó: “la gente vota, y sobre quienes votaron se establecen esas mayorías y minorías”