El hecho había causado conmoción debido a que los militantes pro vida Paola Miers y su esposo Federico Bazán y el médico del centro de salud, Federico Antequeda, intentaron frenar el aborto no punible a una menor con retraso madurativo que había sido víctima de una violación. Los tres estuvieron en la previa de la práctica quirúrgica y denunciaron irregularidades, pero la embestida se les había vuelto en contra, ya que la presentación que hicieron fue archivada y, encima, los investigaron y la fiscal Silvina Gerarduzzi pidió que sean procesados por falsa denuncia y revelación y divulgación de datos. Sin embargo, el juez Matías Parrón los desligó de dichos delitos y fuentes judiciales aseguraron que la agente del Ministerio Público apelará la resolución.

El caso se produjo el 25 de agosto de 2018 y el fallo salió a fines de la semana pasada. Y si bien se trató de un aborto no punible contemplado en el Código Penal, ampliado en un fallo de la Corte Suprema de Justicia, el tema de la interrupción legal del embarazo vuelve a estar sobre el tapete debido al anuncio que hizo el presidente Alberto Fernández de enviar un proyecto al Congreso para su aprobación.

En cuanto al caso local, para el juez "existieron irregularidades" en el procedimiento que se le realizó a la niña de 14 años, por lo que indicó que "los hechos denunciados (por Miers, Bazán y Antequeda) no resultan falsos", por ende, se cae lo de la falsa denuncia, y aclaró que tales hechos denunciados "tampoco constituyen un delito penal". Con respecto a la revelación de datos, Parrón destacó que "la obtención de datos fue dirigida pura y exclusivamente a formular la denuncia" que luego fue archivada y señaló que la información a la que accedieron los imputados fue en presencia de la madre de la menor, "de cuya declaración surge que no se opuso a las medidas tomadas por los indagados", pero que "sí se sintió molesta", ya que tenía la decisión tomada de que su hija abortara tras el abuso sexual.

El planteo de la fiscal apuntó a que Miers y Bazán (personas ajenas al hospital), junto a Antequeda (médico del área de Ginecología), "irrumpieron" en la habitación de Pediatría en la que se encontraba la menor y hablaron con su madre, a la que intentaron persuadir de que desistiera de la decisión de que se llevara a cabo el aborto no punible con las propuestas de que alojara al bebé en una institución o que lo diera en adopción. Inclusive, le mostraron un muñeco de un bebé para simular que podía ser su nieto. Antequeda indagó la foja de internación de la paciente y le realizó una ecografía "sumido en una falsa autoridad de acción", según destacó Gerarduzzi, ya que era ajeno a dicha área y no había recibido una orden para tal actuación. Por eso, el médico también había sido imputado por usurpación de autoridad, pero también fue desvinculado de ese delito. La representante del Ministerio Público, además, había resaltado que los denunciantes habrían expuesto hechos falsos, "acomodados a sus pretensiones, con la intención de justificar sus conductas".

No obstante, Parrón concluyó, en base a testimonios, que los dichos de los denunciantes no fueron falsos y que "la propia autoridad del nosocomio ha omitido, de manera deliberada, dar cumplimiento a los procedimientos de rutina en cuanto a las comunicaciones, indicaciones, directivas y explicaciones" en relación al caso. Y opinó que la conducta de los sospechosos queda en una esfera distinta a la penal y que trataron de "imponer, quizás con un fanatismo desmedido una postura sobre el aborto".

DETALLES DEL FALLO

 

Acceso

Para el juez, como la madre de la menor no se opuso "expresamente" a que Antequeda revisara la historia clínica y le hiciera la ecografía a la víctima, "siembra dudas en cuanto al acceso a la información confidencial". Parrón sí reconoce que le tal actitud le molestó a la mujer.

Autoridad

En su resolución, Parrón entendió que no encuadra "en un tipo penal la conducta de un profesional (Antequeda) al interiorizarse en una paciente internada por un tema de su especialidad y llevar a cabo una ecografía". Para el juez, resultaría una conducta reprochable en otro ámbito.

Otra intención

Parrón indicó que no es "descabellado considerar que, tratándose de profesionales de la salud, su intención también haya sido la de contención emocional o de exponer otras alternativas. Conductas que pueden resultar plasmadas de fanatismo, pero que resultarían criticable en otra esfera".