La Defensoría del Pueblo intimó a PAMI tras el anuncio de un paro de 72 horas en San Juan

La Defensoría del Pueblo le otorgó un plazo de 48 horas al organismo para que detalle cómo garantizará la atención médica.

Ante el anuncio de un paro y suspensión de prestaciones por 72 horas por parte de prestadores vinculados a PAMI, la Defensora del Pueblo de San Juan, Dra. Florencia Peñaloza, intimó de oficio al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados para que informe con urgencia la estrategia de contingencia para resguardar la atención de sus afiliados.

La resolución, dispuesta el pasado 13 de octubre, otorga un plazo estricto de 48 horas para que las autoridades del PAMI respondan de manera detallada qué servicios continuarán funcionando en la provincia y de qué manera se sostendrá la cobertura a los adultos mayores mientras se extienda la medida.

Protección del derecho a la salud de los adultos mayores

La intervención de la Defensoría se fundamenta en la tutela del derecho a la salud de las personas mayores, muchas de las cuales padecen patologías crónicas, discapacidades o requieren tratamientos de alta complejidad y atención permanente.

Desde el organismo señalaron que cualquier corte en las prestaciones —incluso si es temporal— puede desencadenar graves demoras en la realización de estudios, consultas, tratamientos oncológicos, internaciones, atención domiciliaria y entrega de remedios. Por ello, exigieron certezas para evitar que el conflicto recaiga directamente sobre los afiliados.

Los puntos clave que debe responder PAMI

En la intimación, la Defensoría del Pueblo exigió un desglose puntual de los siguientes aspectos operativos en la provincia de San Juan:

  • Alcance de la suspensión: Nómina de prestadores, sanatorios, laboratorios y establecimientos adheridos a la medida.

  • Urgencias y guardias mínimas: Dónde y cómo se garantizará la atención de emergencias médicas y la continuidad de tratamientos impostergables.

  • Medicamentos e insumos: Mecanismo previsto para asegurar la provisión de remedios e insumos hospitalarios.

  • Canales de atención: Números telefónicos y centros habilitados para informar y guiar a los afiliados durante la contingencia.

  • Reprogramación prioritaria: Plan de contingencia para la reasignación de turnos, estudios y cirugías suspendidas una vez levantada la medida.

"Los conflictos no pueden trasladarse a los afiliados"

La Dra. Peñaloza enfatizó que disputas de índole económica o administrativa entre la obra social y sus prestadores privados no deben perjudicar a los jubilados y pensionados.

No es la primera vez que la Defensoría del Pueblo debe intervenir por tensiones con PAMI en la provincia: en junio pasado ya había actuado por reclamos vinculados a la continuidad de servicios, mientras que a comienzos de septiembre solicitó un informe similar frente a un anuncio de suspensión de actividades por 48 horas. Con el vencimiento del plazo fijado, las definiciones que brinde PAMI resultarán determinantes para conocer la operatividad de la red de salud en San Juan.

LAS MAS LEIDAS