Según expresa el proyecto, "está justificada en cuestiones institucionales, trascendentes, necesarias, propias de nuevas realidades nacidas de la dinámica del cuerpo social y político...".

En el mecanismo de enmienda, la consulta puede realizarse en una elección "no general". Es decir, que la consulta puede ser convocada al sólo efecto de aprobar la enmienda.

La posición contraria -la espera de una futura elección general- llevaría a la neutralización de los fines tenidos en cuenta para consagrar la enmienda de un sólo artículo.

En varios párrafos se exponen dichos de un puñado de convencionales que participaron en la reforma del "86. Entre ellos, Héctor Seguí (UCR) y Eduardo Pósleman (Bloquismo).