Pese a que se anunció que desde el 23 de octubre pasado se comenzaría a controlar el uso obligatorio de chalecos reflectivos en motociclistas y ciclistas, la Policía aún lo lo hace. Desde la División Tránsito dijeron que por el momento están realizando una campaña de información y concientización. Aún no saben cuándo comenzarán los controles.

Por el momento lo que hace la Policía, es detener a motociclistas y ciclistas que circulan sin el chaleco durante el horario obligatorio. Pero no son multados por no cumplir con esta norma. ‘Estamos en una etapa previa de información y concientización. Es que mucha gente aún desconoce la existencia de la ley que establece el uso obligatorio de estos elementos. Esta campaña se podría extender un par de semanas. Luego comenzaríamos con los controles efectivos y el labrado de actas de infracción para quienes no respeten la norma’, dijo Fernanda Soria, de la División Tránsito de la Policía.

La agente agregó que lo más consultado por los ciclistas y motociclistas que desconocen los pormenores de la ley, es el horario de uso obligatorio y las características que deben tener los chalecos o bandas reflectivas.

La ley establece que el uso obligatorio de chalecos o bandoleras reflectivas de 18 a 9, desde el 21 de marzo al 20 de septiembre, y de 20 a 7 desde el 21 de septiembre al 20 de marzo. En cuanto a las características que deben tener estos elementos, la ley especifica que deben ser chalecos o bandoleras de cualquier color fluorescente con 2 bandas blancas refractantes de 5 centímetros de ancho, continuas y de 60 centímetros de largo que abarque todo el contorno superior y anterior del cuerpo. Según prevé la norma, circular sin estos elementos no será motivo de radiación de vehículos, sí de una multa de entre 50 y 100 UF, es decir entre $400 y $800 (el valor de cada UF es igual al precio de 1 litro de nafta súper que actualmente ronda los $8).