Una vez realizada la denuncia, la fiscal Romero puede presentarse ante el juez para pedir que se inicie la instrucción, siempre y cuando encuentre elementos suficientes para encuadrar la denuncia en un tipo penal, según indicó el fiscal de la Corte, Eduardo Quattropani.

Según otras fuentes del derecho consultadas, como los abogados Maximiliano Páez Delgado y Alejandro García, se estaría ante la Violación de Secreto Profesional, contemplado en el Código Penal, que impone una condena de hasta dos años de prisión (excarcelable), inhabilitación por cuatro años y una multa de hasta 90.000 pesos. Pero desde el punto de vista privado, si no se presenta el paciente a hacer la denuncia, no se puede investigar delito alguno.

El dato

Si la fiscal cree que faltan elementos en la denuncia, puede pedir una medida previa para buscar más pruebas. Pero si no encuentra pruebas de delito en la denuncia, directamente solicita el archivo y ahí finaliza todo el proceso, sin que haya responsabilidades.