La ley establece que está prohibido entregar un niño mediante la sola firma ante escribano público. La Ley de Adopción fija que aquellos que deseen adoptar un chico deben inscribirse en la Secretaría Social de la Corte de Justicia y cumplir requisitos como entrevistas con los equipos interdisciplinarios, justificar el medio de vida, sus antecedentes y aptitudes, entre otras exigencias. Incluso hay períodos de prueba. Los jueces de Menores son los únicos que resuelven sobre la adopción. Cuando una madre quiere dar a su hijo en adopción, todo se tramita en la oficina de Servicio Social del hospital y ahí toma intervención un juez de Menores.
