Hasta hace unos días, faltar a clase por participar de una presentación artística ajena a la escuela, no tenía justificativo. Ahora sí. Es una de las modificaciones que presenta el nuevo régimen de inasistencias justificadas para escuelas secundarias de la provincia, que ya está en vigencia y con mayor flexibilidad para evitar la deserción escolar.

Con el régimen anterior, el alumno que acumulaba 26 inasistencias, luego de 2 reincorporaciones, quedaba libre. Ahora, esa cantidad se elevó a 56 y son 5 las reincorporaciones. La ministra de Educación de la provincia, Cristina Díaz, dijo que justificarle las faltas al alumno cuando participa en actividades artísticas extraescolares ‘no es una medida que deje a la escuela en segundo lugar, sino que +es una forma de darle prioridad a las cosas que contribuyen con el crecimiento personal de los chicos y al desarrollo de buenos hábitos+.

La funcionaria agregó que el nuevo régimen de inasistencias, además de contemplar una mayor cantidad de reincorporaciones y de faltas acumuladas para que el alumno quede en condición de libre, contempla nuevas causas para justificar las faltas que antes no eran tenidas en cuenta. ‘Hay situaciones por las que puede atravesar un alumno que, sin ser de fuerza mayor, impiden que vaya a la escuela. Como por ejemplo que deba viajar obligatoriamente, que por una decisión judicial deba trasladarse a otro domicilio y convivir con otras personas, que haya sido víctima de maltrato. Es por eso que la situación de cada alumno será evaluada para justificarle las inasistencias’, dijo la funcionarios.

A continuación, algunas de las causas por las cuales, a partir de este nuevo régimen, se justificará la inasistencia del alumno a clase por determinada cantidad de días:

-Por la participación en actividades artísticas y culturales tanto dentro como fuera de la provincia. Justificarán hasta 5 faltas.

-Por cuestiones de salud justificarán las faltas necesarias y debidamente acreditadas por certificado médico expedido por Salud Pública.

-Por fallecimiento de cónyuge, padres, suegros o hijos del alumno, justificarán hasta 5 inasistencias. Y por fallecimiento de de hermanos, abuelos o nietos de alumno, hasta 3. En tanto que por la muerte de cuñados, tíos o primos, 1.

-Por matrimonio del alumno, donde se justificarán hasta 5 faltas a partir del día de la celebración civil.

-Por razones particulares del alumno que las autoridades escolares consideren con motivo suficiente para faltar. Justificarán hasta 5 inasistencias.

-No computarán como faltas las ausencias a las clases de Educación Física que se dictan en contraturno, por razones laborales, de distancia, de salud o de embarazo.

-Tampoco se les colocará inasistencia, a los alumnos que profesen la religión Judía, Musulmana o de la Comunidad Cristiana Armenia, y que participen en las celebraciones religiosas de sus credos.

-Cada situación por la que el alumno falte a clases deberá ser debidamente acreditada durante las 48 horas posteriores a su reincorporación a la escuela. De lo contrario pasarán a ser injustificadas y se computarán como faltas.