Muchos sectores de la sociedad argentina se han mostrado en contra de la decisión tomada por el Juez de Faltas Ricardo Gigena, de Santa Rosa de Calamuchita, Córdoba. Asociaciones civiles como Luchemos por la Vida, que pregona el uso de los métodos de seguridad en el tránsito y hasta los tres Jueces de Faltas de San Juan afirman su descontento con lo dispuesto por Gigena. Los tres sanjuaninos coinciden en que no se perjudica las libertades individuales de los ciudadanos cuando se pide el uso del casco y se puede dañar a terceros si no se lo usa. El cordobés había argumentado todo lo contrario.

Enrique Mattar

“El uso de casco no agrede las libertades individuales, aunque ese magistrado quiso argumentar lo contrario. Lo grave sucedería si se hiciera extensivo este concepto, porque se caería inmediatamente en abusos. Se podría argumentar que uno puede andar sin muchos elementos de seguridad en el auto que son obligatorios porque la vida que corre el riesgo es la del que conduce. En este contexto, las libertades individuales deben regularse en caso de que se ponga en riesgo la vida. Por eso las leyes tratan de proteger a la gente, a todos. Y sería grave por parte de la sociedad soportar las lesiones innecesarias por no tomar recaudos. Además, el Estado destina mucho dinero a gastos médicos y la sociedad debe tratar de evitar esos gastos, que se podrían salvar con la prevención”.

Horacio Morando

“La persona que ha hecho este análisis no conoce el funcionamiento del Estado. Digo esto porque las restricciones que marca la Ley de Tránsito para circular, como el casco y el cinturón, tienen la finalidad suprema del orden público. Este orden se rompe porque el accidentado va a parar a un hospital y ocasiona un gasto a toda la sociedad. Esa es la forma en que afecta a terceros. Ese es uno de los fundamentos que se ha tomado para exigir el casco a todas las personas. Y con respecto a las libertades personales que defiende el magistrado, deben ser restringidas cuando afecten a terceros, es decir al orden público. Lo que promueve este juez es el incumplimiento de la Ley de Tránsito”.

Ricardo Grossi Colombo

“Las leyes de tránsito son obligatorias para todos y regulan la vía pública. Y si autorizan a circular sólo con casco, se debe acatar. No hay restricción a la libertad y no podemos hacer lo que queramos con las normas. Por otra parte, los hospitales atienden a gente que no debería atender, porque sus daños son evitables. Es el caso de los motociclistas que no llevan casco. Si el hospital tiene que dejar de atender a personas que están enfermas para dedicarse a gente que pudo haber salido ilesa, se está afectando los derechos de terceros, es decir al orden público. Con respecto a qué le pudo pasar por la cabeza al magistrado al momento de tomar esa decisión, no tengo la menor idea”.